Bueno amigos, me preparo para redactar la demanda de desahucio y.....voy a demandar en concepto de arrendatarios solidarios a los dos via civil ( pienso que es evidente )
Dos cositas:
Mejor redactarla asi?: Demandados fulano de tal y Don fulano de tal en calidad de alcalde del ayuntamiento de la ciudad cual.
Y la otra cuestion, ¿podrian condenar en costas por demandar a los dos en caso de ser erroneo?
Me da un poco de "yuyu" equivocarme en esto y cada compañero me dice una cosa.
Pienso que arrendadores son los dos , ya que los dos son los que pagan un parte del alquiler y por ello, se debe demandar a los dos, en cualquier caso, ya han pasado mas de dos meses desde que se les requirio por fax el pago por lo que, si no me argumentais en conbtra, creo que poco pueden hacer ( siempre pienso que pueden alegar falta de legitimacion pasiva uno de ellos, no se )
Os agradeceria enormemente las respuestas y consejos
Por cierto, se me olvidaba, yo simpre adjunto como documental copia simple de las escrituras, imagino que con eso y designando archivos notariales es suficiente no?
Hola Talion. En cuanto al desahucio administrativo échale un vistazo a la Ley 33/2003 de Patrimonio de las Administraciones Públicas, por si ésta fuese de aplicación.
Si NO resulta de aplicación la citada Ley Los contratos celebrados por una Administración Pública pueden ser Administrativos o Privados. Yo creo que el arrendamiento es un contrato PRIVADO en cuanto al FONDO( para la preparación y adjudicación se considera un Contrato Administrativo) por lo que en tu caso, al afectar al fondo y NO a la preparación o a la adjudicación, al mismo le es de aplicación la legislación civil y, procesalmente, la competencia corresponde a la Jurisdicción Civil.
Quien ha firmado el contrato de arrendamiento por parte del ayuntamiento?.
El alcalde en concepto de tal
¿estaba esa persona facultada para hacerlo?.
Imagino que si, normalmente estas "ayudas" se vitan en comision de asuntos sociales
¿había acuerdo municipal para facultarlo y para suscribir ese contrato?. lo anterior
¿aparece los datos del ocupante en el contrato de arrendamiento?. si
¿se establece en el contrato que hay dos pagadores?. se establece que el arrendatario es el ayuntamiento, ocupante el tercero, pero que este pagara una parte ( 60 euros de un total de trescientos )
¿Quien ha firmado el contrato de arrendamiento por parte del Ayuntamiento?.
¿Estaba esa persona facultada para hacerlo?.
¿Había acuerdo municipal para facultarlo y para suscribir ese contrato?.
¿Aparece los datos del ocupante en el contrato de arrendamiento?. ¿Se establece en el contrato que hay dos pagadores?.
Pienso que llevas razon, a veces es cuestion simplemente de "hacer repaso" de lo que es derecho de obligaciones pero como nunca he tenido un caso de este, me da un poco de panico equivicarme aunque siempre, en su caso, si se demandan a los dos en modo alguno creo que afectaria al resultado del pleito
Hola Talion. Como ya sabes el pago de la renta es único independientemente del número de coarrendatarios que exista en el contrato. Si en el contrato aparece como arrendatario único el Ayuntamiento creo que es a él a quien deberías reclamarle la totalidad de las rentas impagadas. Luego tendrá que ser el Ayuntamiento el que reclame lo que corresponda al ocupante.
Incluso aunque ambos fuesen considerados arrendatarios lo serían en calidad de solidarios por lo que podrías reclamar el pago total a uno de ellos y, por una simple cuestión económica, quien más garantías de pago ofrece es el Ayuntamiento.
Se me olvidaba, si el arrendatario se obliga en el pago de una parte ( 60 euros sobre trescientos estipulados como renta ), en el burofax debo reclamarle el pago del total esto es, lo debido por el ayuntamiento y lo debido por el arrendatario?
Se trata de algún tipo de VPO o de Vivienda de Promoción Pública o similar?. NO
¿ Existe normativa local sobre ese tipo de prestación social?. NO
Lo unico que me hace dudar es que aunque el arrendatario sea en el contrato el ayuntamiento, el ocupante paga 60 euros del total, ¿eso no le convierte en co arrendatario?
Hola Talion. ¿ Se trata de algún tipo de VPO o de Vivienda de Promoción Pública o similar?. ¿ Existe normativa local sobre ese tipo de prestación social?.
Te lo pregunto porque el tema del desahucio varía en función del tipo de vivienda del que se trate.
Si No está encuadrada en ninguna de las categorías anteriores -me extraña porque por alguna normativa se tendrá que regular esa prestación social -deberás dirigir el burofax a quien ostente la condición de ARRENDATARIO en el contrato,es decir, al Ayuntamiento.
Muchas gracias Jan por tu , acostumbrado, inetres en ayudar.
No, no se incluye en esos supuestos, es una persona con escasos recursos y sin ninguna relacion con el ayuntamiento, el ayuntamiento lo unico que hace es poner a su disposicion una casa como politica social
Hola Talion. Antes de iniciar algún trámite te aconsejo que estudies con detenimiento por si el arrendamiento anunciado pudiera incluirse dentro del art 5 LAU 1994.
Un saludo.
Arrendamiento ayuntamiento ocupante un tercero - vivienda
Buenos dias, un ayuntamiento celebra contrato de arrendamiento con un propietario, haciendo constar que ocupara la vivienda un particular, tambien consta en el contrato que se pagara de renta 300 euros, ( 240 euros pagara el ayuntamiento y 60 el ocupante )
Llevan meses sin pagar ¿debo demandar a los dos ( ayto. y particular ocupante ) como arrendatarios ? ¿o solo al ayuntamiento ya que en el contrato el arrendatario que figura es el ayuntamiento ?
En caso de dirigir burofax de reclamacion de pago, ¿debo mandarle un fax a cada uno de forma individualizada o solo al ayuntamiento por el total ?