Tengo una casa arrendada verbalmente desde abril de 1985. El dueño quería formalizarlo por escrito, pero cambiando las clausulas del contrato, a lo q yo me negué. Me llevó a juicio por "impago"y , alli nos comprometimos ambas partes, y de mutuo acuerdo, a suscribir un contrato donde se reflejara la antigüedad etc, reservandonos la via judicial para aquellos extremos en q no existiera acuerdo. pues bien, me presentó un contrato donde no se reflejaba la antigüedad, se me pedían dos meses de fianza(¿?), pretendía q yo pagara absolutamente "todas" las obras q se hicieran, interiores y exteriores, además de provocar confusión en cuanto a direcciones se refiere, ya q da la apariencia de q yo vivo en una dirección y estoy interesada en arrendar otro inmueble, cuando se trata del mismo. Por supuesto q no firmé y quedamos en q me presentaría otro. De esto hace cuatro meses. Ahora he recibido un certificado del juzgado que dice: procediniento: ejecución de titulos judiciales y se me requiere para q, en plazo de veinte días, proceda a la firma de ese contrato, además de que contra ese auto no cabe recurso, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en diez días (???) Quiere decir q puedo negarme? necesito abogado para ello? Gracias
Muchas gracias. De todos modos, es correcto q se me presente un contrato como si a día de hoy yo quisiera arrendar una casa ( fianza, obras...), existiendo casi 30 años de antigüedad?, por que creo q si firmo este, entiendo que pierdo la antigüedad y, por lo tanto, entraría en la legislación actual. Gracias
Hola indefensa. Por los datos aportados se deduce que la finalidad del procedimiento es plasmar por escrito los acuerdos verbales alcanzados en el momento de celebración del contrato.
Buenos días, Jan. Claro, la finalidad es esa pero, estaría de acuerdo si las claúsulas fueran las de rntonces, pero no es así. Sin contar q, como ya he dicho antes, yo vivo en esa casa y mi dirección no coincide con la del inmueble del contrato que se me presentó, creando la confusión como si yo viviera en una casa y quisiera arrendar otra. Por eso digo q, si no consta la antigüedad del arrendamiento, es como si a día de hoy arrendara otro inmueble, cuando es el mismo
Todos esos motivos deberían quedar plasmados en su escrito de oposición, teniendo en cuenta tanto las circunstancias y datos del contrato verbal como las circunstancias do procedimiento entonces celebrado.
Tenga en cuenta que tiene sólo diez días y que antes de presentar el escrito debe hacerse un estudio pormenorizado para oponerse con todo detalle,
Buenos dias Motta&L. Perdona q no haya contestado antes, pero he tenido unos días de lo más complicado. Te explico. He ido al juzgado para solicitar abogado de oficio, y estoy en espera. Si me lo conceden ¿Puedo yo hacer el escrito de oposición para q él lo entregue? Es que, en otra ocasión, yo quise presentar una documentación y el abogado q nos asignaron me dijo q no. Muchas gracias
Si interviene un abogado, lo lógico es que sea él quien prepare el escrito de su oposición y determine qué documentación aportar; y ello independientemente de que sea o no de oficio.