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Arrendamiento antiguo problematico

7 Comentarios
 
perfil Jan
14/10/2008 20:40
Hola Talion. La referencia que hago a la LAU 1994 es porqué copié y pegué parte de tu primer post, en concretro el último párrafo,aunque ya sabía que te referías a la LAU 1964 y a la Disposición Transitoria Tercera LAU 1994.

En cuanto a tu última pregunta presupongo que es por aplicación analógica del 1.212 del Código Civil.

Un saludo.
14/10/2008 16:54
Nueva pregunta amigo Jan, abusando de tu amabilidad:

¿Puede el propietario a pesar de no ser el titular del contrato entablar accion de desahucio por impago del arrendatario? Imagino que si por lo visto en la LEC

En la LAU de 1994 figura que el comprador se subroga en la posicion del arrendador pero en la LAU de 1.964 no viene nada de forma expresa, se que es asi pero ¿ donde esta regulado? ¿es por analogia? es que he buscado en obligacion es y contratos en CC y en arrendamientos y no lo veo

Gracias Jan
14/10/2008 14:50
Muchas gracias Jan, en todo momento me refiero a la LAU 1964, es que he visto que he puesto la 94 en algun mensaje por error, por ejemplo en la cuestion 1
perfil Jan
14/10/2008 11:37
Hola Talion. Voy a intentar responder a tus preguntas:

1)"¿se puede entender que dicha accion de retracto en caso de existir ( pues no se si la LAU 1994 hace que al ser varios locales se puedan vender sin ejercer tanteo ) ya ha prescrito al tener conocimiento desde esa fecha de la transmision?"

El tema del retracto es complejo y me faltan datos para poder darte una respuesta adecuada. Te aconsejo que busques Jurisprudencia al respecto(hay mucha).

2)"Tambien se les puede repercutir el IBI a los arrendtarios en locales de negocio?"

No es cuestión pacífica en la Jurisprudencia,aunque la mayoritaria aboga por la legalidad de repercutir el IBI. El problema viene en determinar qué periodos se pueden repercutir.

3)" Yo pensaba que ya que la antigua propietaria,( es muy mayor y no entiende), no quiere mandar un burofax al arrendatario para notificarle que le pague al nuevo propietario, habia pensado que el burofax lo mandase el actual propietario diciendole en resumidas cuentas que se le requiere fehacientemente para que cambie la titularidad de los recibos y si no lo hace, y no le acepta los recibos a su nombre, pues demandarlo por impago d erentas. Cuestion que hace mas complejo el problema es que lo que ha hecho en otras ocasiones es consignarlo a la antigua propietaria ¿ puedo entender que se le puede desahuciar por impago despues de enviarle el burofax?"

Imagino que tendrás algún documento -burofax - en el que conste el cambio operado en la figura del arrendador. Si lo tienes manda el burofax con el contenido que reflejas en el último párrafo de tu último post. De esta forma SÍ sería viable un desahucio por impago de rentas.

Recibe un cordial saludo.

13/10/2008 18:44
09/10/2008 22:03
Agradeceria cualquier sugerencia, es un asunto que me toca de lleno por ser de mis padres

Ya he visto un articulo en economist and iuiris que cita varias sentencias del Supremo en los que el derecho de retracto no procede al no coincidir el objeto vendido ( superficie mayor a la arrendada ) y lo arrendado por el arrendatario

Me queda saber exactamente que hacer para que se proceda a cambiar los recibos de titular en concepto de arrendador, pues ahora es el propietario, pero llevaba años y años pasando los recibos a nombre de la antigua propietaria, con su anuencia. El problema es que la antigua propietaria ha tenido una sancion de hacienda por no ingresar el IVA.

Yo pensaba que ya que la antigua propietaria,( es muy mayor y no entiende), no quiere mandar un burofax al arrendatario para notificarle que le pague al nuevo propietario, habia pensado que el burofax lo mandase el actual propietario diciendole en resumidas cuentas que se le requiere fehacientemente para que cambie la titularidad de los recibos y si no lo hace, y no le acepta los recibos a su nombre, pues demandarlo por impago d erentas. Cuestion que hace mas complejo el problema es que lo que ha hecho en otras ocasiones es consignarlo a la antigua propietaria ¿ puedo entender que se le puede desahuciar por impago despues de enviarle el burofax?

Contrato escrito tampoco existe, y se sujeta a la LAY 64

Muchas gracias, a ver si Jan esta por aqui
05/10/2008 19:56
Por cierto , en la disposicion transitoria segunda de la LAU 1994, se refiere a los contratos de viviendas anteriores al 1985 en los cuales se les puede repercutir el IBI. ¿Tambien se les puede repercutir el IBI a los arrendtarios en locales de negocio?
Arrendamiento antiguo problematico
04/10/2008 21:13
Estimados amigos, describo el asunto:

Contrato de renta antigua, local de negocio, celebrado con anterioridad al 1985, paga unos 450 euros

La propietaria vendio a un tercero el conjunto de locales donde se encontraba tambien este, sin notificar al arrendatario, quien opina que le asiste el derecho aun, despues de 20 años desde que se vendio, a ejercerlo.

No obstante siguio pasando los recibos a nombre de la antigua propietaria.

Cuando el nuevo propietario, ha hablado con el arrendatario para cambiar los recibos a nombre de el, el arrendatario le dice que no, que le seguira pagando a nombre de la original propietaria.

Que me recomendais para cambiar a nombre los recibos de alquiler? notificar que el nuevo propietario se subroga en la posicion de la que hasta ahora ejercia como arrendadora?

Y otra cosa, hace diez años, diez años despues de haberse comprado ese local y todos los demas, el actual propietario quiso desahuciarlo por obras inconsentidas y en el acta notarial en el que se queria dejar reflejada las obras nuevas el actual propietario constaba como tal ¿se puede entender que dicha accion de retracto en caso de existir ( pues no se si la LAU 1994 hace que al ser varios locales se puedan vender sin ejercer tanteo ) ya ha prescrito al tener conocimiento desde esa fecha de la transmision?

Gracias