y fallece en su pais, sin descendientes ni herederos conocidos....me pregunta la inquilina desde 19 81 ¿qué hacer?
Al parecer le devuelven las transferencias de la renta por cancelacion de la cuenta por motivo de falllecimiento de su titular.
De momento le indico que mande burofax al domiiclio que la propietaria tiene en Viena notificándole la inminente consignacion judicial de rentas...a ver qué ocurre.
No se me ocurre otra, a expensdar de ver la legislacion austriaca en materia de sucesiones....no sé, que salga algún pariente o el propio Estado austriaco como legítimo propietario......
¿Usucapion?...entiendo que no pues al heredar siempre el estado en última instancia, anularía le BUENA FE requerida.