Hola mi pregunta es he estado de alquiler en una vivienda, tenía la luz a mi nombre, ahora ya terminado dicho alquiler el arrendador no ha cambiado la luz a su nombre y me han enviado a mi el recibo de la luz, yo como ya no estaba en esa casa, se lo avise al arrendador y no me contestó, entonces lo devolví y ahora pasados cuatro meses electricas me vuelve a enviar dicho recibo,
He intentado hablar con el arrendador para que me lo paque, pero no me contesta.
Mi pregunta es si debo pagarlo yo, a pesar de que no es mio, si no lo pago entraría en un listado de morosos y si electricas podría perjudicarme de alguna forma, porque soy estudiante.
Muchas gracias por ayudarme
Debería de dar el contrato de baja, así se acaban los problemas.
En cuanto a los recibos no pagados lo mejor es que lo pague y luego le reclame el importe al dueño, si bien es muy posible que el dueño no se lo devuelva en cuyo caso tendría que demandarle mediante juicio verbal que puede ud. llevar a cabo en el juzgado sin abogado ni procurador.
Buenas tardes Maryta,
efectivamente, al ser tú la titular de dicho contrato, tú eres la responsable del pago de las factura que se vayan devengando, hasta tanto no des de baja el contrato, momento en el cual quedarás desvinculada de cualquier recibo que se pudiera generar.
Acto seguido y atendiendo al momento en que efectivamente se cumplió el contrato de arrendamiento y salió de la vivienda puede repercutirle dichos pagos al arrendador que es a partir de dicho momento el responsable de todos y cada uno de los gastos que genere la vivienda.
La vivienda en la q resido con mis dos hijos, el contrato del suministro de electricidad está a nombre de mi ex pareja. Durante un tiempo él vivió sólo en dicho domicilio tras la separación y me dejó una deuda de varias facturas. Ahora me obligan a pagarla...que él ya no vive aquí ni yo realicé dicho consumo. Aclarar que ambos somos propietarios. Abrí una reclamación pidiendo un nuevo contrato a mi nombre y por el momento no me han cortado la luz por dicha reclamación. El caso es q me dicen q debo pagarla o me la cortan...estando a su nombre y sin residir él aquí. La única opción q me dan es q les envíe un contrato de alquiler de él o mío de ahora..pero ambos estamos en la escritura. Tengo q pagarlo sin estar a mí nombre? Tengo una sentencia del juzgado donde figura su dirección actual..tb mi certificado de empadronamiento donde ya no figura y otras facturas q ya están a mí nombre. No se qué base legal puede amparar me en esta situación para comunicárselo a la compañía porq ninguno de los papeles que tengo me los aceptan. Gracias
Buenas tardes Noe37, no se si he entendido bien lo que propones, si bien intentaré darte mi opinion personal. Por lo que leo, tu ex pareja estuvo viviendo en el domicilio, solo, teniendo las facturas a su nombre, después se te asignó a ti la vivienda. Las deudas que se contraen por suministros están a nombre de una persona la cual está obligada al pago, si bien en caso de quedar alguna deuda pendiente puede afectar a la propia vivienda en el sentido de poder cesar el suministro electrico, por lo que lo idóneo sería que abonases la deuda, para no veros afectados por un supuesto corte y automáticamente fueras con dichas facturas y abonos a interponer la demanda en el juzgado de primera instancia de tu localidad. En dicha demanda deberás probar que el único beneficiario durante el tiempo en que se devengaron las facturas era tu expareja, y que las mismas ya han sido abonadas. Espero haber sido claro.