Con cuánto tiempo me tiene que avisar el dueño del piso en el q vivo desde septiembre de 2015, para q lo abandone porque lo necesita para su hija? Como ha de ser esa comunicación?
La comunicación debe ser fehaciente, lo más correcto es por burofax pero ya se admiten whatsapp y email
Lo de no encontrar vivienda en esos dos meses no le puedo dar respuesta, sólo puedo contestar a efectos legales. Imagino que si usted se queda le interpondrán una demanda de desahucio pero eso ya dependerá del arrendador
Si no se lo comunica por escrito, me da a mi que la quiere engañar y su hija no va a ocupar la vivienda, mientras no esté por escrito usted no sabe nada, las palabras se las lleva el viento.
El que el arrendador quiera engañar es mucho presuponer no?
Otra cosa es que se lo comunique con dos meses de antelación. Pero en principio un contrato de 2015 en tácita reconduccion el arrendador lo puede rescindir cuando quiera tenga hija o no.
Para no renovar una prorroga de un contrato de alquiler firmado en 2016 ¿También hay que preavisar con 2 meses de antelación?
En mi caso la comunicación ha sido por burofax pero lo recogió un menor de edad. Me han dicho que si lo recoge un menor de edad no es una comunicación fehaciente ¿es eso cierto? Yo pensaba que si la comunicación es por burofax da igual si lo recoge alguien o no porque ya queda acreditada la voluntad del arrendador.