Si no consigue localizar al nuevo propietario o no sabe quien es este, puede efectuar una consignación judicial en el Juzgado de 1ª Instancia correspondiente al lugar donde esté situada la finca indicando, en el modelo que le facilitarán en el mismo juzgado, las causas de su consignación. Señalando, en este caso, la finca y el contrato a que se refiere y las circunstancias que impiden su pago, sería suficiente, creo.
Con ello evita una posible reclamación por impago que pudiese llevarle al desahucio, ya que queda claramente demostrado su intención de pagar a quien corresponda.
Un saludo.
Hola, muchas gracias por la respuesta, pero me queda alguna duda: Puedo hacer el depósito judicial sin saber el número de expediente ni el juzgado donde se lleva la quiebra del arrendador?
Gracias y saludos.
Hola, sólo una preguna por si alguien se ha visto en algo parecido. El arrendador es una promotora de viviendas en quiebra, y los que firmaron el contrato en representación de la misma, desaparecidos. He oido que el nuevo dueño de todo el edificio es un banco, pero creo que no saben ni que tienen inquilinos en el edificio. A mí no se me ha comunicado nada por aprte de nadie, ¿cómo pago la renta? ¿a quién? Si alguien me puede ayudar, muchas gracias.