Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

ARRENAMIENTO RúSTICO. FINALIZACIóN.

1 Comentarios
 
Arrenamiento rústico. finalización.
14/07/2016 10:47
un familiar hizo un contrato que no me proporciona y no se cuando acaba. Lo hizo con mi padre que fallecio recientemente, el caso es que no quiero me lleve las tierras y tengo que avisarle con un año de antelacion.
He aceptado la herencia y no se si es mi obligacion avisarle porque no tengo pleno dominio de las fincas o tal vez acabe el contrato de forma natural al no haber dueños todavia legitimados de las fincas
la segunda cuestion es: me hizo un primer ingreso por transferencia con concepto arriendo tierras,,, y ha dejado ya de pagarme al morir mi padre que llevaba el tema directamente,, puedo reclamar?
14/07/2016 21:01
Buenas tardes, tendría que estudiar tu caso, porque a primera vista considero lo siguiente si lo he entendido bien:
Tu padre formalizó con este familiar arrendamiento de finca rústica, y se encargaba de la gestión de modo que ahora, tú y tus hermanos, si los tienes, no conocéis las condiciones de ese arrendamiento. Como sus herederos, al aceptar la herencia os ponéis en la misma situación que tu padre.
Aquí veo que si este familiar no os aporta el contrato posiblemente fuera un acuerdo verbal, o no lo aporta porque no le interesa.
Yo instaría un procedimiento para que se declare la existencia del arrendamiento, obligando a este familiar a que aporte el contrato si lo tiene, y así cumplir sus cláusulas sobre la extinción; o si es verbal y no se pueden probar acuerdo se seguirá la extinción prevista en la ley. Así, al mismo tiempo, si se declara la existencia de arrendamiento podréis exigir que os abone las cuotas que todavía no ha pagado.
Como digo es una aproximación y puede me equivoque en algunas cosas. Si efectivamente queréis realizar cualquier acción judicial quedo a vuestra disposición en mi web donde podéis contactarme. Un saludo.
laleyatuservicio.wordpress.com