Vivo en un piso (antiguedad 3 años) con una terraza que es cubierta del edificio y que se encuentra situada sobre el techo de mi vivienda. Presenta desperfectos por defectos del material del suelo y la comunidad se niega a llevar a cabo ninguna reparación aunque ha decidido denunciar a la promotora (además aprovecha para reclamar otros desperfectos) aunque tampoco piensan hacer reparación alguna si se pierde el juicio. En el techo de la vivienda empiezan a preciarse las primeras humedades y un arquitecto nos ha dicho que los desperfectos llevan una progresión geomérica. ¿Puede la comunidad negarse a efectuar la reparación o está obligada a ello? ¿No sería más lógico que realizara la reparación independientemente de la reclamación judicial? Si está obligada ¿cómo debo actuar?
Gracias
En principio, y salvo mejor opinión, el obligado a la reparación será el promotor, y supongo que tendrá los seguros obligatorios que marca la Ley para este tipo de defectos de construcción, aunque por los datos que das pudiera ser que fuera anterior, pero en todo caso el responsable es el promotor, y como es un elemento común, lo normal sería que fuera la Comunidad la que realizara esa reclamación. En todo caso, al ser un elemento comun, la comunidad está obligada a realizar la reparación y mantenimiento según el art. 10 de la LPH. Estos temas sulen ser escabrosos y se enquistan, yo solicitaria por escrito al Presidente que convoque una Junta con caracter extraordinario y se pronuncie sobre este terma.
saludos
Gracias por tu opinión Erodri pero, como te decía, la comunidad ya se ha pronunciado en una reunión y se niegan a reparación alguna alegando que como yo uso y disfruto la terraza yo tengo que arreglarla (ten en cuenta que los desperfectos no se deben a mal uso o negligencia por mi parte). Aunque la comunidad denuncie al promotor ¿estoy obligada a correr con los gastos de reparación de un elemento común? ¿Cual es tu consejo?
Gracias
La obligación de reparación y mantenimiento de los elementos comunes será siempre por cuenta de la Comunidad y a ello están obligados todos los propietarios. Si persisten, mi consejo sería acudir a un abogado, contarle el caso y seguir sus consejos. Y no lo dejes, cuanto antes lo soluciones, mejor.
saludos.
Hagale caso a Erodri, pero si usted decidiese arreglar la terraza, no lo haga sin levantar acta notarial, con fotografias y el informe del arquitecto incorporado, pues es importante, para la demanda contra el Promotor, tener un soporte legal del deterioro de la terraza.
Gracias a los dos por sus consejos y, si me lo permiten, me gustaría consultarles algo relacionado con lo anterior que me tiene bastante desconcertado.
En una junta de presidentes (estamos constituídos en mancomunidad) planteé el problema y se aprobó la ejecución de la obra incluyendola en los presupuestos siguientes de forma cautelar hasta agotar las viás administrativas. Agotadas éstas con resultado negativo, cuatro meses después se celebró una nueva junta (con renovación de cargos, y en la que no tengo voto pero si voz) donde en lugar de discutir sobre el presupuesto más adecuado (presenté varios para su discusión y ratificación) se entró adiscutir de nuevo sobre si se hacia o no la reparación (en mi opinión promovido por los presidentes entrantes pues los salientes ya se pronunciaron en su día) y fue cuando se decidió denunciar a la promotora y colgarme a mi los gastos de reparación a toda costa.
Si los acuerdos de una junta son ejecutivos desde que se cierra y nadie la ha impugnado siendo ratificada al inicio de esta segunda junta ¿puede una junta posterior decidir sobre una cuestión aprobada y ratificada por otra junta anterior? ¿no es esto un abuso de derecho? ¿No corresponde al administrador ejecutar los acuerdos adoptados y velar por el buen régimen de la casa haciendo las oportunas advertencias y apercibimientos sobre las obligaciones legales de la comunidad, cosa que no hizo? ¿Puedo intentar algo más en relación a la comunidad antes de acudir a un abogado o no hay otra solución?
Gracias de antemano.