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Arreglo fachada

2 Comentarios
 
Arreglo fachada
01/10/2013 12:51
Buenos días. Soy propietaria de un local comercial correspondiente al bajo derecha de un edificio de dos plantas donde hay 4 viviendas y otro bajo a la izda. Cuando compré el local hace 10 años, en el edificio no había constituida comunidad, y por tanto no se pagaba nada, tan sólo un seguro de responsabilidad civil, que yo pagaba cuando uno de los vecinos me pedía el dinero. El mes pasado arreglé la fachada de mi local (cambié las persianas y puse una plaqueta en la pared), y lo cierto es que no lo consulté con los vecinos (no sé si tenía obligación de haberlo hecho).
Hace un par de semanas, me avisaron que en la parte de arriba de la fachada hay una grieta, y que consultaron en el ayto. y tenemos la obligación de arreglaro, y ya que nos metíamos en obras, se arreglaría la fachada y la cubierta de la terraza. Han pedido un presupuesto, lo han dividido entre 6 y me reclaman 1000 eu (llamándolo derrama).
Yo propuse que se legalizara la comunidad y fuimos a un administrador de fincas para realizar todos los trámites. Esta tarde tenemos la reunión para la constitución.
Me he informado que en el caso de obras de conservación se paga en función del % de propiedad o titularidad que hay con respecto a todo el edificio. Yo he planteado que se valore el arreglo de la fachada que yo ya he hecho, y me lo descuenten de la parte que me toque pagar, y me dicen que yo arreglé la fachada sin contar con nadie, y que he tapado el ladrillo visto que tiene el edificio (lo tapé pq estaba muy deteriorado). Así q me reclaman q pague igual que todos los demás.
Además, les propuse esperar un poco para la derrama, puesto que yo ahora no dispongo de dinero, y que durante unos meses fueramos pagando un fondo, y arreglar lo que sea más peligroso (grieta) y el embellecimiento de la fachada dejarlo para cuando tengamos un dinero. Pero se niegan a hacerlo así.....

Me gustaría saber qué derechos tengo, si tengo que acatar lo que me dicen, es decir, pagar la derrama de golpe en el momento, y si puedo descontar el valor de mi fachada que ya está reparada.

Agradecería mucho que me ayudaran, pq estoy bastante perdida con el tema, ya que nunca he estado en una comunidad de propietarios.

Un saludo
01/10/2013 14:39
Buenos días Anapatric:
Hay muchas cosas en su mensaje.......Voy a intentar ir por partes:
- Que no se realizasen nunca los trámites para constituir comunidad, no significa que no exista tal comunidad. Existe desde que hay dos propietarios diferentes. Y el mejor ejemplo es que pagan un seguro entre todos......... ¿No tiene luz en la escalera los pisos?¿Nadie limpia las escaleras?¿No existen telefonillos?¿No hay una antena de televisión?. Todoas esas cosas y más suelen ser comunes y pagarse entre todos el mantenimiento o el arreglo.....
- Todo, salvo acuerdo reflejado en los estatutos o en la escritura de división horizontal o en junta reunida a tal efecto, se paga en función del coeficiente de participación que aparece, obligatoriamente, en la escritura de división horizontal.
- Tal y como dicen sus vecinos, Ud. hizo mal en arreglar la fachada sin autorización del resto de propietarios, pero como tampoco se le ha pedido a Ud. que no lo haga o que lo vuelva a dejar como estaba, también puede existir una autorizacioón tácita sobre la obra.
- Lo único a lo que tiene Ud. obligación a contribuir para su arreglo es a la grieta de la fachada. Si ya de paso quieren poner bonita toda la fachada, al no ser una obra de conservación obligatoria, si el coste es superior a tres mensualidades de cuota ordinaria, si se opone no tiene porque pagarla. En este caso, como hasta ahora la cuota ha sido 0 €, supera el minimo...... Además, debe ser aprobado por el voto favorable de 3/5.
Resumiendo: La comunidad existe aunque no esté regulada. Si no se opusieron los vecinos a su obra en su momento, puede significar una aceptación tácita de la misma. Vote en contra del embecelliento de la fachada y que conste en Acta su voto en contra. Del mismo modo que explique su nuevo administrador al resto de propietarios que entonces no está obligado al pago. La forma de recaudar el dinero para la obra necesaria (arreglo de la grieta), será la que decidan por mayoría simple.

Por otro lado, el administrador nuevo debería explicarle a Ud. estas cosas, porque me imagino que ahora también Ud. estará pagando algo para el coste de este adminsitrador, por lo que debería asesorarle como copropietario que es.

Suerte en la reunión.
01/10/2013 14:58
Muchas gracias Talid, por tu pronta y detallada contestación.
Saludos....