Efectivamente anoni@ es lo que ocurre en muchisimas comunidades, se benefician los familiares haciendo estos estatutos.
pero dime cuales prevalecen los que hace el promotor o constructor o los que se puedan hacen con los propietarios de los pisos.
aclarame este punto.
gracias.
"con lo que se pone fin a la exención que venían manteniendo desde tiempos inmemoriables"
según eso ,supongo que habría que ver los Estatutos, porque no es o mismo que los comuneros, por unanimidad y con conocimiento de causa, tomen sus propias decisiones, a que sea el promotor quien decide y siempre mirando por sus intereses. Muchos promotores suelen cederle los locales a sus hijos, a los que exoneran de todos los gastos de portal/escalera/ascensor.
Saludos.
Copio;
"Los pisos bajos y los locales comerciales deberán pagar la instalación, y los posteriores gastos de reparación, sustitución y mantenimiento del ascensor en los edificios con más de tres plantas, con lo que se pone fin a la exención que venían manteniendo desde tiempos inmemoriales, ya que se suponía que estos propietarios no hacían uso del ascensor para ir a sus viviendas".
¿El mantenimiento del ascensor también tendrán que pagarlo los locales y bajos aunque no usen el ascensor? ¿De verdad?
Y ahora pregunto yo ¿qué prevalece la Sentencia del Tribunal Supremo o las exenciones que contan en los Estatutos redactados con anterioridad a esta Sentencia? ¿Hay que adaptarlos?
Sí, es domingo y aunque ha nevado en Madrid, en mi zona no ha cuajado, es más, me he enterado de que estaba nevando por que me lo han dicho por teléfono, alarmados por las noticias de la tele. Sí es cierto que no para de llover desde anoche y hace un frio que pela ¡Ufff!
Un saludo
Gala tambien vi la sentencia del 18 diciembre de 2008, me queda una duda. Que ocurre si el ascensor se cambio en el año 2004, 0 2006.
Para estos casos tambien estan obligados los bajos a pagar, cosa que en su día no hicieron. O se refiere a partir del 18 diciembre. ?
En caso afirmativo, que pasos se deben dar.
Saludos.
"Todos los vecinos pagarán el ascensor aunque vivan en el bajo, tengan una tienda o se opongan
Los pisos bajos y los locales comerciales deberán pagar la instalación, y los posteriores gastos de reparación, sustitución y mantenimiento del ascensor en los edificios con más de tres plantas, con lo que se pone fin a la exención que venían manteniendo desde tiempos inmemoriales, ya que se suponía que estos propietarios no hacían uso del ascensor para ir a sus viviendas".
Efectivamente, me refiero a una Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de diciembre de 2008 en la que se dice que todos los propietarios sin exclusión deberán contribuir a la instalación de ascensor siempre y cuando haya habido un acuerdo , claro.
Gracias por la información, juli. Lo que no sé es a que viene lo de "la gala la mujer de dali,¿¿¿¿????.
Yo, lo de "callarlo para siempre" lo sigo diciendo porque soy MUUUUUÚ!!! antigu@ (de la época de carolo, jeje), y la cornamenta la aguanto MUUUUÚ bien, porque además me favorece, jeje (me hace más alt@.
Sin acritud.
Un saludo.
PD. Sigo interesad@ en que Gaia77(no Gala la mujer de Dalí) me aclare eso de que: "parece que ya lo ha decidido" (refiriendose al Supremo) lo mismo conoce alguna sentencia.
los hidros son deshumidificadores
tambien aparatos que vuelan.
y la gala la mujer de dali.
y eso de callarlo para siempre, ya no se dice
ni en las bodas.
cada cabeza que aguante su cornamenta.
Hola,Gaia, que quieres decir con: "Parece que ya lo ha decidido ¿no?"?, cuando te refieres a que: "a lo mejor un día de estos, el Supremo decide otra cosa." ?.
Si sabes algo...! dilo ahora o calla para siempre!!!.
Sin acritud, jeje.
Un saludo.
Gala77
perplejito me quede, fijate la ultima respuesta 22/08/06, y vas tu el 25/01/09 y respondes
has salido de otro planeta?
o es para no estresarte.
bueno 2 años y pico no son nada.
Saludos.