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Arredantario a cargo de pequeñas reparaciones

3 Comentarios
 
16/10/2014 10:23
say: si tiene el seguro (que es lo mejor) no tiene que preocuparse. Ya se pelearan entre ellas las compañías de serguro.
perfil say
16/10/2014 10:21
Muchísimas gracias, entonces, al margen de que que la cláusula pueda ser abusiva (algo que creo de todas todas) y se pueda declarar nula, teniendo en cuenta que tengo previsto pasar en la vivienda un mínimo de 3 años, las reparaciones que haya que realizar a lo largo de ese tiempo en la vivienda a mí no me deberían suponer más de 150 euros.
Vaya por delante que yo tengo como inquilina un seguro de hogar y que si a mi se me rompe algo (un manillar, un grifo...etc (porque la casa no está amueblada) yo me hago cargo me lo cubra el seguro o no pero lo que me preocupa es que no siendo yo la primera inquilina de la vivienda y no sabiendo en qué estado pueden encontrarse tuberias, electricidad etc de repente pueda haber una rotura/ siniestro y me tenga que hacer yo responsable económicamente de la reparación o simplemente el hecho de que el calentador se estropee...etc

Muchísimas gracias por su aclaración

Sylvia
16/10/2014 09:26
say: antes que nada habría que leer esa cláusula completa (y seguramente también el contrato) para darle una respuesta totalmente segura.
Aparte de eso le diré que está Ud. preguntando por una cuestión muy controvertida, por lo que la respuesta no es fácil, aunque intentaré contestarle de forma clara y resumida.
1.- En cuanto a las pequeñas reparaciones hay dos líneas jurisprudenciales contrapuestas: una que se ajusta a la literalidad del art. 21.4 LAU que imputa cualquier pequeña reparación o tarea de mantenimiento al inquilino. El importe suele rondar los 150 euros. Pero hay otra línea mayoritaria que no sigue el anterior criterio, sino que afirma que las reparaciones debidas al desgaste por el uso normal durante un tiempo prolongando corresponde al casero independientemente de la cuantía de dicha reparación.
2.- Por otra parte parece que la cláusula sobre la que nos consulta es abusiva, porque aparentemente le imputa a Ud. todas las tareas de mantenimiento que puedan surgir y eso si que es ilegal con total seguridad. El mantenimiento corresponde al casero y cualquier cláusula en contra es nula de pleno derecho.
abogado@leonbendayan.com
Arredantario a cargo de pequeñas reparaciones
perfil say
15/10/2014 23:32
Buenas noches,

voy a alquilar un piso y me ponen una cláusula según la cua y por la LAU de 1994 tengo que hacerme cargo de las pequeñas reparaciones que la vivienda necesite por el uso habitual de la misma. Hasta ahí correcto porque es lo que dice la LAU pero es que además en esa cláusula me citan como tales , las siguientes, y cito textualemente "Pintura, electricidad, fontaneria, puertas, ventanas, etc.."

Tengo que entender entonces, que si se rompe una tubería me tengo que hacer cargo yo? o que debo pintar el piso cuando se finalice contrato?

No hay una cantidad estipulada que delimite esas "pequeñas reparaciones"?

Agradecería muchísmo vuestras aclaraciones.

Un saludo a tod@s