Si tiene una reducción de jornada al 50 % , su jornada pasa a ser justo la mitad, es decir 884 y a partir de esa jornada realiza exceso de jornada el cuál si es compensado en días de descanso será un día por cada 4 h.
Buenos días actualmente estamos en el convenio de artes gráficas que marca que tenemos que trabajar 1768 horas, nos dicen a los que trabajamos todo el año nos pertoca 3 días por haber realizado mas horas, hasta ahi de acuerdo. El problema que tenemos una compañera con reducción de jornada trabajando 4 horas cada día, hasta ahora se le han dado dias de arrastre en años anteriores. Ahora le dicen que al no superar las horas del convenio no le pertenece. Mi pregunta es, se puede tratar de un derecho adquirido? O al hacer menos horas x contrato el límite de horas de convenio se reduce a la mitad? O no le pertoca ningun dia por hacer reducción? Muchas gracias,