¿podrias transcribir el contenido de la sentencia y documento notarial?
Porque yo entiendo algo asi como:
A y B son copropietarios de un inmueble. Al margen de eso, A tiene una deuda con B de 40.000, que debera satisfacer una vez se venda el inmuble.
Pongamos que el inmueble se vende por 120.000 euros. A obtendria 60.000 euros, y B, otros 60.000 euros. Pero como A le debe a B 40.000, una vez vendido y cobrado el importe, A le dara a B 40.000 euros de los 60.000 que le han correspondido.
Tal como yo lo expongo, los gastos y beneficios de la venta son al 50%, si bien, una vez vendido, A tiene que satisfacer obligatoriamente esa deuda.
Ahora bien, si hay algun documento segun el cual, cuando el inmueble se venda A obtendra, por ejemplo, un 40% del importe, y B un 60%, y, ademas, A pagara a B los 40.000 euros que le debe, entonces si, entonces el beneficio no es el mismo para ambos
Supongo que no me he explicado bién. La venta de la propiedad no es a 50% las ganancias pero si los gastos derivados. El copropietario A cancela a favor del Copropietario B una deuda que va implícita en las ganancias, por lo que los beneficios de la venta del inmueble no es al 50% los beneficios pero si los gastos derivados de la venta.
perdona, pero es que no entiendo el planteamiento. Si uno de los copropietarios tiene mas beneficio ¿por que pones al 50% tanto los gastos como los beneficios?
tampoco entiendo muy bien qué preguntas sobre las arras, si como fijar su cuantia, o como repartirse las arras si, una vez entregadas, el comprador desiste.
En este ultimo caso, como yo entiendo que los copropietarios son al 50%, les corresponderia a cada uno el 50% de las arras, ya que, por lo que expones, la deuda de 40.000 euros debera ser satisfecha "con los beneficios de la venta", y si se reparten las arras, es que la venta no llego a realizarse...
Buenas tardes, (no sé si este foro es donde pertoca mi consulta).
La situación es la siguiente:
Inmueble a la venta con dos copropietarios, uno de ellos y mediante notario y sentencia, tendrá más beneficio del importe de la venta (beneficios) que dando así:
50% gastos
50% beneficios con la salvedad de que hay una deuda(40.000€) reconocida ante notario y sentencia que dice que el copropietario deudor debe pagarla al otro copropietario con los beneficos de la venta del inmueble.
Mi pregunta es, (y lo he consultado dos veces) dado que no es un 50%, la ARRAS, tampoco lo son ? Cual seria el porcentaje a aplicar en las arras?