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arraigo social ..

5 Comentarios
 
15/07/2010 12:43
Hola, Katherine. Yo vivo en Barcelona, no indicas donde vives tú. Puedes escribirme a mi correo electrónico:

condedecartagena@hotmail.com

Escríbeme al correo electrónico y te paso por ahí, si quieres, mis teléfonos y hablamos. No lo pongo por aquí por motivos de seguridad, ya que esto es un foro público.

Lo fundamental ahora es que reunas ordenada y sistemáticamente todas las pruebas de las que dispongas, cuidando mucho las que por su naturaleza deban estar actualizadas (por ejemplo, el certificado de antecedentes penales del país de origen, que suelen tener una validez de 3 meses a partir de su expedición).

Cuando tengas todo, debes comenzar por pedir cita previa; si estás en Barcelona, las instrucciones para hacerlo son las siguientes:

http://www.foment.com/uploads/inmigracion/mydocuments/149.pdf

DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
http://www.foment.com/uploads/inmigracion/mydocuments/26.pdf

RECOMENDACIÓN:
Si no cuentas con el certificado de empadronamiento que diga que llevas 3 o más años, como te he dicho, puedes presentar cualquier documento que acredite dicha continuidad, puede ser, por ejemplo, un certificado de reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria y de expedición de la tarjeta sanitaria, así como visitas médicas que hubieras tenido por esas fechas que no puedes documentar por vía del empadronamiento (no obstante, igual has de presentar certificado de empadronamiento actualizado).
Otro medio de prueba pueden ser una certificación de fecha de apertura de cuenta bancaria y tus movimientos bancarios; comprobantes de envío de dinero al extranjero si acaso lo has hecho; cursos que hayas tomado o si acaso tienes el carné de las bibliotecas municipales de tu ciudad, que te certifiquen desde cuando lo tienes; lo mismo, cualquier otra certificación de pertenencia a asociaciones culturales o de intereses colectivos o gremiales (por ejemplo, si formas parte de alguna asociación de nacionales de tu país que viven en España o de algún grupo de profesionales de tu rama que se haya constituido en asociaciónen España).

Si quieres, escríbeme y te doy mi número de teléfono, coko te he dicho líneas arriba.

Cordialmente,

ERICK
14/07/2010 22:05
Erick,muchas gracias por los concejos,se nota que eres todo un profesional ojala hubiese encontrado un letrado especialista en extranjería como tu la primera vez que ingrese mi documentación, así no hubiese perdido tanto tiempo,pero bueno ya esta hecho pero lo que me gustaría es poder contactarme contigo,donde encontrarte,si me dejases la dirección o el telefono de tu oficina te lo agradecería.
Saludos
Katherine
11/07/2010 18:34
Hola Katherine. Desde el momento en el cual cruzaste la frontera exterior de la Unión Europea y por lo que dices, lo has hecho por España, consta tu ingreso en los registros, tanto de España como de los demás Estados miembros de la Unión Europea y los signatarios del Acuerdo de Schengen. Por tanto, tu nombre está en una base de datos en el sentido de que alguna vez entraste, pero nunca mas has vuelto a salir.

Ese registro está a cargo del Ministerio del Interior, concretamente en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil y dentro de ella, específicamente en la Comisaría General de Extranjería y Fronteras. Ahí constan registrados todos los movimientos migratorios que se producen en las fronteras españolas.

Por tanto, puedes tú aportar una fotocopia de tu pasaporte, para más seguridad, pasaporte completo (es decir, TODAS las páginas, incluso las en blanco), para que quede probada tu identidad y nacionalidad por un lado y la fecha de ingreso en España más el hecho de que NUNCA HAS SALIDO, al no constar otro sello en tal sentido en tu pasaporte. Por lo demás, en el impreso de arraigo , el EX-00 hay un apartado en el cual autorizas a la Administración a que verifique todo lo relacionado con tu persona en los registros públicos, que son fundamentalmente:

A) Registro de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras.
B) Registro Central de Penados y Rebeldes (donde constan los antecedentes penales).
C) Padrón de habitantes del municipio en el que estés empadronada.

Las pruebas han de estar rigurosamente ordenadas y NUNCA entregues originales, sino copias mostrando los originales para que compulsen a la vista y te devuelvan los originales.

Puedes presentar, junto con la documentación, un escrito de alegaciones en el que expliques los hechos y al mismo tiempo vayas acreditándolos mediante referencias a las pruebas que aportas.

Ten presente que el hecho de que exista un impreso oficial y unos hechos a probar, que se lo hace con los medios de prueba exigen como preceptivos, nada obsta que aportes otros medios de prueba también admisibles en Derecho y que presentes escrito de alegaciones, pues estás en todo tu derecho a hacerlas si lo consideras necesario, pertinente y oportuno.

Pero el escrito de alegaciones ha de ser lo más claro y preciso posible y contener toda la información RELEVANTE para resolver tu caso. No se trata de contar una novela o anecdotario personal, sino de transmitirle a la Administración con claridad los hechos jurídicamente relevantes para la pretensión que se impulsa. Ten presente que los funcionarios diariamente ven cientos de expedientes, de manera que también has de procurar en buena medida facilitarles su trabajo.

No dices de qué país eres, pero si tienes un certificado de haberte inscrito en el consulado de tu país a efectos de gozar de protección diplomática, puedes también aportarlo.

Un cordial saludo,


ERICK
07/07/2010 16:02
Erick muchas gracias por los consejos,he de comentarte que cuento con un contrato de trabajo indefinido con el informe de inserción favorable, carezco de antecedentes penales aquí y en mi país, cuento con algunas pruebas como movimientos bancarios,facturas, envíos de dinero, etc. lo malo q no de todos los meses si los puedo obtener ahora, ya q la primera vez ingrese los documentos mi abogado no me pidió mas pruebas incluso el creía q ni me las pedirían,y para la apelación no tuve tiempo para buscar mas pruebas,estoy mas q segura que me denegaron el permiso por la manera en que se presentaron ese día las pruebas que tenia ya q las lleve por si acaso ni siquiera estaban organizados por fechas en resumen un desastre y para la apelación presente lo mismo me denegaron por q no había cambios.
Esta vez que presente mi documentación agregare una cuantas pruebas mas de los meses q me faltaban,y mira justamente yo me preguntaba que la prueba mas fehaciente es el hecho de q tengo el sello de entrada en mi pasaporte y ninguno mas, eso hace constar de que nunca salí de España y lo que tu me dices que ha de constar el los registros del Ministerio del Interior..... lo que quisiera que me aclares es que tengo q pedir un documento q acredite esto? o como hacen ellos para verificar esto?o que es lo que tengo que hacer?...si pudieras orientarme te lo agradecería mucho y nuevamente gracias.
Atte.
Katherine
06/07/2010 21:26
Hola.

Como pruebas de que has estado en España y no has salido puedes presentar:

A) Tu pasaporte donde conste el sello de legal admisión a territorio español, ahí constará la fecha en la que ingresaste.

B) Si abriste una cuenta bancaria en cuanto entraste y le has dado movimiento, puedes presentar un certificado bancario de que, efectivamente, tenías la cuenta bancaria y que tuvo movimientos en esas fechas.

C) Si conservas certficados de cuando te empadronaste la primera vez, puedes aportarlos.

D) Si dispones de la tarjeta sanitaria, puedes pedir que se te certifique la fecha en la que se te reconoció el derecho a la asistencia sanitaria pública y si has recibido atención médica en fechas en las cuales supuestamente no consta que estabas en España, puede hacer prueba a tu favor.

E) Si hiciste algún curso y tienes certificados de asistencia o de matrícula, puedes también aportarlos.

F) ES PRECEPTIVO el INFORME DE INSERCIÓN SOCIAL elaborado por el Ayuntamiento del municipio en el que tengas establecido tu domicilio. Ese informe ya tiene un formato preestablecido, pero normalmente hacen constar que efectivamente vives ahí desde hace 3 años, que has estado vinculada a las redes laborales y sociales de tu entorno, que dispones actualmente de un medio de vida y una vivienda en condiciones dignas, etc. Eso ya te lo elaborará la trabajadora social del Ayuntamiento.

G) Si ha habido elecciones en tu país en las fechas que indicas y has acudido a votar porque te empadronaste en el consulado de tu país para hacerlo, puedes aportar, debidamente legalizados por vía diplomática, los certificados de votación que te hubieran expedido. Y lo mismo, si te inscribiste en el consulado de tu país, puedes aportar, también debidamente legalizado, el certificado de que efectivamente te registraste a efectos de que tu país tuviera constancia de que estabas aquí y poder así gozar de protección diplomática y asistencia consular en caso de llegar a necesitarla.

H) Si dispones de cualquier documento que acredite que llevas más de 3 años en España, búscalos y dáselos a conocer a la trabajadora social que elabore el Informe de Inserción Social, para que los valore (por ejemplo, facturas de pago de hoteles, hostales, pensiones, etc.).

No dices de que país eres, pero si tienes el sello de ingreso en España y no has vuelto a salir, a todos los efectos, constarás en los registros del Ministerio del Interior, concretamente de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil y específicamente de la Comisaría de Extranjería y Fronteras, como persona en situación irregular, pues en esos registros informáticos debe constar tu fecha de ingreso en España y a la vez que nunca has salido del país y si jamás regularizaste tu situación, estás en situación irregular. El asunto del tiempo de permanencia en España puedes salvarlo de esa manera.

Pero creo que pesa mucho y sobre todo hoy en día más, el hecho de que dispongas de medios económicos de vida, sea porque trabajes por cuenta ajena, por cuenta propia o tengas recursos económicos propios.

NO OLVIDES que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, los extranjeros extracomunitarios sin permiso de residencia permanente en España, han de comparecer cada dos años al Ayuntamiento del municipio en el que se hayan empadronado, a ratificar que siguen residiendo en él; si te has cambiado de domicilio, pero no te has empadronado por lo que sea, ve a donde estés empadronada y ratifica ese empadronamiento, aunque lo aconsejable siempre es empadronarse donde se esté viviendo.

No olvides el INFORME DE INSERCIÓN SOCIAL, es SUMAMENTE IMPORTANTE, tiene quizás un alto porcentane del peso total del trámite; el resto es que carezcas de antecedentes penales en tu país de origen y en España.

Cordialmente,


ERICK
Arraigo social ..
06/07/2010 20:40
Espero q alguien me pueda orientar el año pasado en septiembre cumplí los 3 años aquí en España,lo q pasa es q no cumplo con los 3 años de empadronamiento me empadrone cuando llegue y mas o menos después de año y pico me dieron de baja al año siguiente volví a empadronarme, y como verán tengo q justificar con pruebas mas de un año, cogí los servicios de una abogado q me aseguro q no eran necesarias las pruebas y para el día de la cita yo las lleve por si acaso,q como se darán cuenta las presente sin q mi "abogado" las revisara.Y como era de imaginarse me denegaron el permiso, recurrí ya con los servicios d una abogada pero para mi mala suerte enferme y no pude conseguir suficientes pruebas y nuevamente lo denegaron,y la duda q tengo es la siguiente quiero presentar nuevamente toda mi documentación ya con mas pruebas y bien presentadas, pero ya sin un abogado, en la situación q me encuentro actualmente no puedo pagar a uno,quisiera q me asesoren como presentar el día de mi cita las pruebas q tengo para demostrar q si me encontraba en España los meses q no estoy empadronada espero q alguien me ayude por q no quisiera pasar por lo q ya pase,ya q es algo muy frustrante. gracias