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arraigo social

5 Comentarios
 
Arraigo social
16/01/2007 12:35
Estimados compañeros,
Tengo un cliente que lleva en España unos 7 años. El problema es después de renovar dos tarjetas, a la tercera no renueva al expirarle el plazo de 3 meses, quedando en situación irregular.

Hemos pensado interponer un arraigo social dado que tiene a toda su familia (mujer y cuatro hijos) en España en situación legal.

El problema es que mientras recababamos la documentación, le han detenido e interpuesta propuesta de expulsión.

Además, para acreditar los tres años de estancia ininterrumpida , vemos que en el empadronamiento tiene 5 meses que no constan por "caducidad de inscripción" a lo que el cliente me indica que el no ha salido nunca de su municipio.

Que puedo hacer? Ayudadme pf.
17/01/2007 09:49
Puedes intentarlo también por la vía del arraigo familiar, puesto que ya tiene familia aquí, te paso una sentencia que está bastante bien para este caso.

Espero te sea de ayuda.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso- Administrativo de 7 de noviembre de 2003
18/01/2007 10:50
Gracias, ana abogada.
Pero, para solicitar el arraigo familiar, tengo el mismo problema no?, que pasa con los cinco meses que no constan en el padron por caducidad de la inscripcion?. No se entiende que una persona que lleve 7 años en España q por un error se entienda que no esta arraigado, porque no es cierto.

Que opinais?
18/01/2007 10:51
En cuanto a la caducidad de inscripción en el empadronamiento tengo entendido que es necesario renovar el empadronamiento cada dos años de inscripción.
Un saludo.
20/01/2007 14:25
Si en el pasaporte no consta tampoco que ha salido de España no creo que tengas problemas.

Yo lo haría por arraigo social y familiar y también por desarraigo de su país, si lees la sentencia que te mandé dice que se puede hacer por esas vías.

Un saludo.
05/02/2007 18:34
Además tambien se puede demostrar el arraigo, a través de un certificado de residencia legal, demostrando que anteriormente ha estado legal en España, y entonces combinado con el pasaporte el cual revele que no ha salido de España más de 6 meses, podrás demostrar todo el tiempo de residencia. A la subdelegación con el núm. de NIE les tiene que salir los permisos anteriores.