Buenos días compañeros, tengo una duda que confió en que me podáis guiar a la solución.
Una persona no europea, que no tiene papeles, lleva aquí mas de 10 años. Sus padres tienen papeles y residen aquí de manera legal, y sus hermanos tienen la nacionalidad española. Hace cinco años le denegaron la petición de arraigo familiar.
He considerado la opción de pedirle el arraigo SOCIAL, en vistas a que lleva aquí mas de tres años, cumple el requisito familiar, pero tengo dudas respecto al otro requisitos.
Y es que el RD 557/2011 pide un contrato de trabajo, el cual puede ser cambiado si la persona posee recursos económicos suficientes. Se me plantea pues, la duda, de si se refiere a la persona en concreto que lo solicita o de la unidad familiar ( ella vive con sus padres).
Por último, ¿ la residencia de más de tres años debe ser legal?