Buenas tardes,
mi caso es el siguiente: llevo aquí en España tres años y un par de meses, he acabado mis estudios, hice las prácticas y la empresa me ha ofrecido un trabajo con ellos.
para trabajar necesito un permiso de trabajo, lo que pasa es que no puedo pedir una modificación para tener este permiso, no cumplo los requisitos.(estar aquí en España durante tres años de estancia -legal-) porque en mi segundo año he hecho un cambio de rama de estudios y me denegaron la renovación; de hecho me fui a Marruecos para pedir otro visado, y mi estancia ahora cuenta solo desde la ultima renovación.
hace una semana he pedido el arraigo social, pero hay gente que dice que al pedir arraigo social teniendo un permiso de estudios en vigor automáticamente lo archivan, ¿esto es verdad?.
y si es el caso, que tengo que hacer para pedir un permiso de trabajo.
les agradezco mucho su tiempo.
Para solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social, el requisito fundamental es haber permanecido en España de forma continuada durante, al menos, tres años. No necesariamente tiene que haberse permanecido en situación irregular. El hecho de que muchas personas en situación irregular utilicen esta vía para regularizar su situación, no lo convierte en algo que exclusivamente esté destinado a ellas, pues bien pudo haberse estado en España legalmente, amparado por otro tipo de autorización diferente de la de residencia.
Lo que se debe comprobar es la permanencia continuada durante tres años; la existencia de vínculos familiares con otros extranjeros residentes legales o en su defecto, la existencia de un informe favorable de inserción social de la respectiva Comunidad Autónoma y que se disponga de un contrato de trabajo.
Para archivar automáticamente, tiene que tratarse de una solicitud manifiestamente carente de fundamento. La suya lo sería si, por ejemplo, teniendo apenas un año como estudiante, pretendiera acceder a la residencia por arraigo social. Pero,por lo que dice, usted permaneció en España de forma continuada durante más de tres años, una temporada sin título que cubra su situación jurídica en el país, pero eso, en todo caso, será irrelevante, porque lo que tiene que quedar probado irrefragablemente es la permanencia continuada en España por, al menos, 3 años. Comprobado eso, se puede pasar ya a examinar el resto del expediente.
Mi solicitud está en trámite ya, he entregado toda la documentación(informe de inserción social, el contrato y la documentación de justificación de haber estado aquí en España durante más de tres años) , pero en el momento de entregar la documentación, le pregunté al señor por si habrá problemas porque tengo el permiso de estudios en vigor hasta junio 2014, y me dijo "hostia es verdad no tienes derecho a pedir esté "arraigo"". así tal cual.
aun que ya están tramitando la solicitud, me quedé con la duda de si el señor tuviera razón.
ENTONCES, ¿MI PERMISO DE ESTUDIOS EN VIGOR NO AFECTA EL PROCESO?
le agradezco de nuevo su tiempo, y su respuesta.
Saludos cordiales.