Tengo entendido que el arraigo social es para los inmigrantes que hemos cumplido tres años continuos en España, yo los he cumplido pero como estudiante de un segundo master y me han dicho que en vista no he conseguido ninguna empresa me haga un contrato en mi profesión podria hacer el arraigo social, tengo una persona mayor que me hace el contrato, pero es que yo no he estado irregular, es esto posible? muchas gracias de antemano por su ayuda.
Yo entiendo que siempre y cuando se cumplan los requisitos (que el contrato tenga una duración mínima de 1 año) y que demuestres tu integración en España y otras cosas referentes al arraigo social, no deberías tener ningún problema.
El arraigo social es una especie del género de las autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales. Y si bien es cierto que es una forma usada en gran medida por personas que se hallan en situación irregular para regularizarse, no tiene como presupuesto necesario el hecho de hallarse en situación irregular.
Solo se exige haber permanecido en España durante, al menos, 3 años, sin más. Y es posible haber permanecido en España tres años y no ser residente legal, sin que ello implique, necesariamente, haberse hallado en situación irregular (como sucede con los titulares de una autorización de estancia por estudios, por ejemplo).
Las personas titulares de una autorización de estancia por estudios, cuando han cumplido, al menos, 3 años en España en esa situación, tienen la posibilidad de la modificación.Pero, si no cumplieran con alguno de los requisitos exigidos para acogerse a esa posibilidad y convertirse en residentes legales, ello no impide que puedan hacerlo acogiéndose a la vía del arraigo.
En tu caso es mejor que solicites una modificación a autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. El problema del arraigo es que vas a necesitar lo mismo: un contrato y es un pelín más complicado.
Asi que el arriago no me vale para nada y eso de modification a autorizacion de residencia y trabajo por cuenta ajena que voy a necesitar y donde tengo que ir,pq la verdad no entiendo nada y estoy un poco deseperado.
Si, el arraigo te vale, pero es mas complicado que lo otro. Lo único que puedo hacer desde aqui (y solo si vives en catalunya) es darte el enlace a las notas informativas para que lo mires http://www.bcn.cat/novaciutadania/pdf/ca/assesoria/tramits/75_ca.pdf
Si no consigues aclarate, busca un buen abogado, te saldrá a cuenta.