Sobre el arraigo por formación, uno debe
pedir autorización a Extranjeria, y al recibir la aprobación se debe matrícular en un curso en el plazo de 3 meses siguientes a la aprobación. Mi pregunta es, si esa aprobación llega en un periodo en el que no hay un plazo Abierto de matrículacion para los cursos, ¿cual sería el proceso a realizar, es posible Matricularse antes de la aprobación de extranjería para tener la matrícula hecha cuando caiga el plazo, o si no existe ningun curso con plazo Abierto en esos 3 meses se denegará la aprobación de extranjería y habria que volver a realizar los papeles con la esperanza de que esta vez en esos 3 meses haya un curso abierto?
La normativa no contempla ese extremo, pero tampoco lo prohibe de manera expresa, con lo que todo queda al criterio de la oficina de extranjeria que tramite el expediente. en la mía permitimos presentar solilcitudes que se basen en cursos que ya están iniciados, siempre y cuando esos estudios sean compatibles con la obtención del permiso; pero en otras oficinas pueden ser más restrictivas.
Pregunta en la oficina que te corresponda, a ver qué te dicen.
Buenas tardes
Extranjería aquí en Valencia es inaccesible por teléfono, y tienen un correo pero por lo visto no hacen caso o no contestan desafortunadamente, por ello estoy intentando aprender del asunto por otras vías como esta.
Veo que es muy probable que te suceda que no haya plazo de matriculación abierto justo cuando extranjería te da la aprobación o que no caiga justo cuando es el curso que tu quieres y te toque irte a uno de electricista, por decir algo, cuando el inmigrante ha sido contable en su país.
En casos como este en el que tienes el SI de extranjería pero no tienes plazo abierto en ningún curso cuales son las posibles salidas si la oficina no acepta cursos ya empezados? Demostrar que no había curso abierto en ese tiempo para que no te lo denieguen? Tener que elegir cualquier curso aunque no sea acorde a la formación de la persona?
Cuando presenta la solicitud de arraigo familiar pueden pasar dos cosas:
Que el soliictante adjunte a su solicitud de arraigo familiar, la matricula en el centro académico donde va a cursar los estudios.
Que el solicitante adjunte a su solicitud una declaración responsable en la que, entre otras cosas, manifieste el plazo de matrículación para la formación que va a recibir (esa declaración es un formulario standard y se encuentra en la web del Portal de la Inmigración).
La Oficina de Extranjería nunca concederá el permiso de arraigo de formación si no se incluye en la declaración el plazo de matriculación, o si dicho plazo ha finalizado en el momento de resolver el expediente (hay que tener en cuenta que la administración puede tardar tres meses en resolver el expediente). Si el extranjero obtiene el permiso de arraigo de formación en base al plazo de matriculación incluido en sun declaración y, a posteriori, se observa que ese plazo no era real (ya sea por error al rellenar el formulario o porque de manera intencionada ha intentado engañar a la adninistración), la Oficina de Extranejría procederá extinguir / anular el permiso concedido.
De lo dicho ha de conclurse que el extranjero ha de saber, antes de presentar su solicitud, lo que quiere estudiar y en qué fecha va a poder matricularse. Si, siguiendo su ejemplo, el extranjero quiere estudiar contabilidad, y en el momento de su solicitud no hay cursos de contabilidad compatibles con la obtención del permiso disponibles, tendrá dos opciones:
1) Postponer su solicitud de arraigo de formación al momento en el que haya disponibilidad de cursos de contabilidad.
2) Presentar su solicitud de arraigo de formación para estudiar otra cosa, y , en caso de obtener el permiso, matricularse y estudiar esa segunda cosa. En este sentido hay que valorar que, acabados, los estudios, solo podrá modificar a un permiso de residencia y trabajo con un contrato relacionado con los estudios cursados (es decir, no puede obtener un arraigo de formación para estudiar electricidad, y al acabar los estudios modificar el permiso de arraigo de formación a un permiso de residencia y trabajo para trabajar de contable, necesitará ser contratado como electricista).