Buenos días. Tengo una duda en el Arraigo para la Formación. El plazo de matriculación de los estudios que va a realizar la persona interesada es un poco anterior al cumplimiento del periodo de dos años exigido en España. El curso le permite matricularse sin NIE, con el pasaporte. ¿Es posible que tras la matriculación, la interesada solicite el Arraigo para la Formación, comprometiéndose a realizar el curso en el que ya está matriculada?
En mi oficina extranjería llevamos dos meses aceptando esas solictudes (pedir el arraigo de formación por un curso que ya se está realizando, siempre y cuando los estudios sean compatibles con el arraigo de formación).
Der todos modos, deberías a tu oficina y preguntar, porque en la desastrosa instrucción de la secretaría de estado no aclaran ese punto, y en lo no regulado cada oficina es autónoma (y algunas son particularmente caóticas y chapuceras).
¿Se siguen aceptando ese tipo de casos? Por ejemplo en el caso de que la persona se haya matriculado en septiembre y sea su segundo año estudiando y lo presente en noviembre si es válido? Alguna vez han rechazado un caso así?
Fabrizio, en mi oficina sí que las estamos aceptando. Por esa causa no las denegamos. En Canarias, no lo sé, realmente tanto el Real Decreto como la posterior instrucción de la Secretaría de Estado de Migraciones, son muy ambiguas al respecto y todo queda al criterio de cada oficina (y hay oficinas para todos los gustos)