Mi consulta es la siguiente, mi esposa es residente MIR en Madrid, en Junio de este año completa 4 años de estar en el hospital (es el último) y se le vence la autorización de estudios en Agosto por lo que quería saber:
1) ¿Cual de las dos opciones de arraigo puede solicitar?.
2) En el caso de arraigo laboral, ¿le es válido, para demostrar que ha trabajado durante más de un año, el contrato que le hicieron en el hospital?
3) Al estar casada conmigo (extranjero con residencia permanente), ¿puede pedir un informe al ayuntamiento la no obligación de presentar contrato de trabajo?
Cualquier otra aclaración se las agradecería de antemano.
Lo que procede en este caso es el arraigo social, acreditando que tiene un familiar con residencia y solicitando del ayuntamiento un informe donde haga constar que puede vivir con los medios económicos tuyos. De ese modo podrá hacer la tarjeta de residencia sin fines lucrativos y luego al año cambiarla.
Ella tiene algún tipo de tarjeta de residencia¿? Supongo que tendrá la de estudiante, puede hacer también la modificación de esta tarjeta de estudiante a trabajo y residencia con el contrato que tiene en el hospital donde trabaja.
Si necesitas ayuda en estos temas puedes escribirnos.