Os explico:
Arquitecto, persona física (perteneciente a una Mutualidad y no a la Seguridad Social), se jubila, se deshace del empleado tras cuarenta años trabajando para él con una mensualidad, alegando que se jubila y que cierra la empresa.
En la actualidad, transcurridos tres meses, desde supuesta jubilación del empresario, éste que es titular de la empresa, sigue desarrollando la actividad, pero los proyectos los firman otros dos arquitectos que están con él trabajando en la misma empresa.
¿Puede el trabajador despedir al empresario por despido improcedente, u otra cuestión?.
Espero su ayuda, gracias
Puedes pasarte por la INSPECCION de trabajo y denunciar que esta efectuando una actividad laboral en la economía sumergida.
Pide impreso y formulas denuncia.
Gracias Trola por tu pronta respuesta.
¿Él puede aducir que les está "ayudando sin cobrar nada a cambio", y les presta el estudio...? Es que me lo estoy imaginando, porque los dos arquitectos que trabajan, actualmente en el estudio acaban de terminar la carrera.
Por favor, dime tu opinión legal.
Es que él, tiene derecho a defenderse de la posible denuncia y manifestar lo que crea conveniente para su defensa.
Esto lo ha de determinar, en expediente la INSPECCION de trabajo, procura dar datos que comprometan, por ejemplo: horario, nivel de vida, alquiler del despacho, tiempo que dedica a efectuar planos etc.
Las denuncias en la INSPECCION de trabajo son confidenciales.