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Arqueta tapada

3 Comentarios
 
Arqueta tapada
09/12/2018 18:44
Vivo en un entrepiso, los baños huelen a cloacas y sobretodo cuando hay dias de viento, los dias que llueve me sube el agua por los sumideros. El año pasado el servicio de desatascos hizo una inspección con una sonda de video y se evidenció que la arqueta desde la que se accedió no es la principal del edificio. Según esta empresa la arqueta principal del edificio esta bajo un local comercial y consta que está rota.
El problema es que el acceso a esta arqueta está tapado, la propietaria del local dice que ella siempre ha tenido el local igual y dice que ha consultado con profesionales que dicen que a pesar que se repare la arqueta no se solucionaran los problemas existentes. Dice que toda la vida ha estado así y que no va a dejar que le rompan el suelo y menos aún que quede un acceso para hacer limpieza cada cierto tiempo. Le hemos intentado explicar que si una cosa se rompa se debe arreglar pero no hay manera que lo entienda. También duda que lo tengamos que asumir la comunidad, cuestiona si no es una obligación del ayuntamiento. También nos pide planos de la finca pero le hemos dicho que con la sonda se ha podido geolocalizar la arqueta y que no hay necesidad de planos ante una prueba evidente como un video.
Me pueden indicar que pasos debo seguir, ya no se como abordar el tema ya que desde la primavera estamos intentando entendernos

Muchas gracias
10/12/2018 12:40
Pen1
¿Cuanto tiempo lleva el edificio construido?.
Sería bueno, intentar localizar en el ayuntamiento, el proyecto técnico que se presentó para obtener la licencia de edificación. En dicho proyecto, tendrá que constar el plano general de saneamiento. Así podrían comprobar si lo ejecutado se ajusta al proyecto y así pensar en pedir responsabilidades a los técnicos directores y constructor.
A la comunidad le conviene contratar los servicios de un arquitecto o aparejador, para que emita un informe.
10/12/2018 20:43
Virginia541
El edificio fue construido en los años 70, con lo cual el tema de responsabilidades del constructor, o técnico director ya no sirve.
queremos saber sin la propietaria del local se puede negar a la reparación
10/12/2018 21:54
Pen1
Art. 9.1
c) Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la realización de obras,
las actuaciones o la creación de servicios comunes llevadas a cabo o acordadas conforme a lo establecido en la presente Ley, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.
d) Permitir la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los tres apartados anteriores.
Art. 10.1
Artículo 10: Obras de conservación y accesibilidad
1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:
a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.