Gracias,por su consejo,me sirve de mucho,es el propietario que desea quitar la servidumbre,y,yo como presidente debo justificar cualquier gasto,gracias.
ahora lo entiendo mejor
en un primer momento había entendido que el propietario del bajo proponía el cambio de la instalación, pero no había entendido que la comunidad pretendía no asumir el coste de ese cambio, sino que preguntaba a quién corresponde el coste
la red es comunitaria, y el mantenimiento, y su sustitución en el caso de que se considere conveniente o necesaria, corresponde a la comunidad. No hay duda de que esa conveniencia, o necesidad, ha de serlo a criterio de la comunidad o por sentencia judicial.
por otra parte, el bajo está gravado con una servidumbre y, como en cualquier otra servidumbre, el propietario del predio sirviente (bajo) puede variarla a su costa siempre que no cause perjuicio al predio dominante (comunidad)
respecto a la propuesta de la comunidad, toda vez que no hay duda de que la simple reparación y los daños son a cargo de la comunidad, lo único que se está "regalando" al propietario del bajo es la posibilidad de extinción de esa servidumbre (si el cambio es para que los desagües dejen de pasar bajo esa vivienda) y, aunque eso "no es poco", el propietario del bajo pudiera entenderlo como "casi nada", y me explico:
si, como usted indica, esa red tiene problemas funcionamiento por falta de las pendientes de desagüe adecuadas, y, dado que causa problemas de modo reiterado, el propietario del bajo puede, apoyado en un informe técnico, exigir la modificación de la red de desagüe, a cargo de la comunidad. Y, a mayores, aprovechando la necesidad de realizar grandes modificaciones en esa red, si existe la posibilidad de que la nueva red discurra por elementos comunes, podrá pedir el cambio de trazado y la extinción de la servidumbre, habiendo de asumir la diferencia de coste respecto a la posible modificación que no altere la servidumbre.
así pues, mi opinión es que la comunidad no le da nada respecto a que lo que podría lograr judicialmente, que la comunidad hubiera de correr con la obligación del cambio y con todos sus costes
Hoy después de una reunión con perito ,arquitecto,administrador,albañil,abogado,se vaciará la arqueta,pasarán una cámara,y,es posible, si no hay roturas interiores,la opción de sellar herméticamente la sentina,y,si el propietario insiste en desplazarla de su casa,que lo haga por su cuenta,y,salomónicamente,se le abone el importe del arreglo y que pague el resto.Gracias.
el propietario de vivienda en bajos desea que se modifique la bajante,pues cuando hay atascos los sufre él,el problema es que sus desagues son mas bajos que la general,(Imagino para el efecto sifón),y,habria que levamtar el suelo y subir tuberias por tanto volver a embaldosar.Mí pregunta es ¿A quíen corresponde pagar,a la comunidad o al propietario.Gracias.