Represento a un colectivo que cada 4 años ha mantenido una dinamica laboral que se describe del siguiente modo:
La administracion publica, saca un corcurso por obra y servicios con fecha definida de finalizacion, y lo gana uan empresa que contrata a trabajadores muy cualificados.
Cada cuatro años se crea una empresa temporal compuesta por varias empresas que finiquitan a los trabajadores, y los vuelven a contratar en el mismo puesto y ofreciendo el mismo servicio.
Sin embargo, a pesar de haber pasado por varios de estos procesos, en los que hemos visto que los compañeros que denunciaban, simplemente no se les llamaba para la siguiente renovación... la actitud ha enpeorado y en este momento nos coaccionan tambien para ahorrarse el finiquito.
La forma de hacerlo, es la siguiente:
El concurso lo ganan dos empresas A y B que acuden al concurso publico y lo ganan... pero e esta ocasión, aunque la empresa B era parte de la unión de empresas que tiene el contrato en vigor por obra y servicios, también ha ganado en esta ocasión asociándose con una nueva empresa A diferente a las anteriores.
La cuestion, es que en esta ocasión ha decidido dividir la contratacion de los trabajadores repartiendoselos entre ambas, a pesar de que cubrimos los mismos turnos, el mismo trabajo, y el mismo desempeño y nivel profesional.
La empresa B, llama tras 4 años a la mitad de los trabajadores con experiencia y les ofrece una subrrogacion con bajada de sueldos... es decir, no hay finiquito, por ser subrrogacion.
Imaginamos que con esta maniobra la empresa B, desea garantizar que la fecha de transicion del contrato publico, al menos tengan un cierto numero de trabajadores con conocimiento adquirido.
Pero al mismo tiempo a falta de menos de 15 dias, la empresa B llama a todos los trabajadores con contrato de obra y servicios en vigor con la propia empresa B, pero que pertenecen al grupo de los que se pretende contratar mediante la empresa A. Y nos hace la siguiente advertencia:
Os informamos (desde la empresa B) de que no habéis comunicado vuestra intención de cesar actividad en la empresa, y que por llevar 4 años contratados con nosotros vuestro contrato no es de obra y servicio, sino contrato laboral indefinido... que además tiene clausula de exclusividad... dicho esto, os comunicamos que si deseáis poder firmar renovación con la empresa A, tenéis que solicitar la baja voluntaria y renunciar a vuestro finiquito, de lo contrario, por ser vuestro contrato automáticamente indefinido, no os permitiremos firmar por lo tanto con la empresa A.
El contrato en vigor, tiene fecha de fin de obra, y la empresa B era parte de una UTE (Union Temporal de Empresas), creada para ese contrato publico que se extingue en la misma fecha.
¿No se extingue automaticamente el contrato de una UTE con fecha de finalizacion indicada y asociada a un pliego de concurso publico concreto?... Segun parece, ellos pretenden seguir con la actividad y al ser socios conjuntamente con la empresa A, ya que es la suma de A+B la que gana el nuevo concurso, pretenden forzar nuestra renuncia voluntaria.
Lo paradogico es que la empresa A el contrato que ofrece es de 2 meses de practicas antes de continuar... a pesar de que los trabajadores somos todos de mas de 8 años de experiencia en el sector... ¿Puede ser esa argucia de ofrecer 2 meses de practicas, una forma facil de despedir sin explicaciones a los firmantes del contrato con la empresa A, si intentamos denunciar la situacion de intentar forzar la renuncia voluntaria por parte de la empresa B?.
Nuestra intencion como colectivo de trabajadores es acudir a un asesoramiento formal con un abogado laboralista o bien con los sindicatos, pero ante la velocidad a la que estan ocurriendo los acontecimientos, cualquier aportacion en forma de ideas, o de lo que se puede o no se puede hacer, nos ayudaría a centrar la consulta con un abogado en los temas que permitan aclarar las dudas con seguridad.
Gracias por anticipado a todos y todas las personas que se tomen la molestia de leer tan extensa exposición de los hechos.
Tiene toda la pinta de que los servicios que esas empresas prestan son como meros intermediarios en la puesta a disposición de trabajadores. Y estaría incluso más claro si el centro de trabajo y la estructura jerárquica y organizativa de la prestación de trabajo están en la propia Administración Pública.
Creo que las reivindicaciones deberían ir mucho más allá de los finiquitos y tratar de obtener la declaración judicial de cesión ilegal de trabajadores, pudiendo entonces obligarse a la Administración o a la empresa (según elija el trabajador) a hacerse cargo de la mano de obra ilegalmente utilizada.
Es típico en los tiempos que vivimos la utilización de los contratos administrativos para obtener mano de obra y eludir o infringir las normas laborales. Y es triste porque quien más tendría que vigilar la legalidad, lejos de ello instiga y fomenta el tráfico prohibido de trabajadores. Afortunadamente las sentencias actuales de la jurisdicción laboral tienden a castigar esos abusos. Los jueces de lo social no se dejan amilanar por los contratos públicos que incumplen normas laborales y aunque dichos contratos estén sometidos a la jurisdicción contencioso-administrativa, se está obligando en no pocos casos a cumplir la Ley.