Puede ser que los hechos de esa causa sean considerados una infracción penal pero que no se haya demostrado quien es el culpable ....o tambien puede ser que no se haya demostrado que los hechos constituyen infracción penal...
art. 641 de la ley de enjuiciamiento criminal:
Procederá el sobreseimiento provisional:
1. Cuando no resulte debidamente justificada la perpetración del delito que haya dado motivo a la formación de la causa.
2. Cuando resulte del sumario haberse cometido un delito y no haya motivos suficientes para acusar a determinada o determinadas personas como autores, cómplices o encubridores.
gracias miriam52 entiendo que en este caso han prestado declaracion todos los imputados excepto el principal responsable y el juez lo archivara provisionalmente porque no ve indicios de delito contra los inputados que han prestado declaracion y al no localizar al principal sospechoso lo archivara hasta que lo encuentren. ¿Es asi? y si es asi el resto de imputados pueden solicitar el archivo definitivo ¿que posibilidades tienen de que se lo concedan?
Los motivos por los que el juez ha acordado el archivo provisional no los se ... pero si en los hechos ha visto indicios de infracción penal... no acordará el archivo definitivo... en todo caso, lo que ha hecho... el archivo provisional.... en el auto habra indicado supongo si es por el art. 641.1 o 641.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal... y en cuanto a los demas imputados... pues su abogado les aconsejara...