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Archivo de caso?

18 Comentarios
 
30/11/2005 09:57
Ha sido un placer, Mike. Saludos y suerte.
30/11/2005 02:33
Rus, Ana, mil gracias por todo. Infinitamente agradecido:
Mike.
29/11/2005 17:00
Creo que lo más inteligente y productivo que puedes hacer es sentarte una tarde con tu letrado y que te explique, bien clarito, el caso. No salgas de su despacho hasta que tengas las cosas claras: quién te acusa, de qué, por qué, con qué pruebas, qué ha pasado hasta ahora, qué posibilidades tienes. Y estoy de acuerdo con Rus: confía en él, porque está tan preparado como cualquiera de nosotros.Saludos y suerte.
29/11/2005 13:33
Rus gracias por tu interés y por tu sinceridad. Esta tarde tendré los papeles delante y me enteraré de todo.
Ana, gracias a ti también. Te repito la dirección de correo: mike_verdelan@hotmail.com

Un saludo a ambas.
perfil Rus
29/11/2005 13:20
anonimus, comprendo tu interés, pero tengo por principio no meterme en el trabajo de los compañeros, así te pido disculpas, pero no puedo darte ninguna opinión sobre la orientación que se debe dar a la defensa.

Una cosa es intentar aclarar dudas y otra lo que pides. Por supuesto que es conveniente tener varios puntos de vista, pero de eso se encargará tu abogado. Además, no creo que desde aquí podamos hacer esa función, pues como has comprobado se producen malentendidos. No mencionaste que había sido juicio rápido, y el procedimiento cambia. Dices que hubo recurso de "casación", y no sé qué fue lo que se recurrió (¿la sentencia?¿un auto?). En cualquier caso, "de casación" creo que no es el nombre. Todavía no tenemos claro de qué se te acusa (no el relato de los hechos, sino los hechos concretos que la otra parte dice que has cometido y que se encuadran en un artículo del Código. Es uno de los principios del Derecho penal: "tipicidad", quiere decir que en el CP debe haber un artículo que diga que esos hechos constituyen delito o falta, y debe estar prevista la sanción correspondiente).
Se juzga en la Audiencia y todavía no sé por qué, porque hay que hilar muy fino para encontrar un tipo penal con pena superior a 5 años (entre los relativos a la intimidad).

En fin, que en esto no te puedo ayudar, en primer lugar, porque es el trabajo de otra persona, y en segundo, porque aunque qquisiera, no tengo "los papeles delante" y con la información que disponemos, no puedo decir nada más. Lo contrario me parece imprudente.

Un saludo

Un saludo.
29/11/2005 13:18
Hola, anonimus. Acabo de enviarte un mail a la dirección que has dado, pero me resulta fallido. Comprueba que la has escrito bien
29/11/2005 13:17
Buenos días, Rus, Ana. Habéis estado opinando en el foro a cerca del tema que expuse anteriormente: Archivo de caso?...Por favor, pido vuestra opinión urgente y preferiría que fuera por correo electrónico, si no supone inconveniente para vosotras o para cualquier otra persona que pueda opinar. Repito, es urgente y aunque confío en mi abogado siempre es mejor tener varios puntos de vista, pues lo que no se le ocurre a uno, seguro que se le ocurre al otro y viceversa.
Gracias por adelantado: mike_verdelan@hotmail.com
Un saludo
29/11/2005 12:17
Hola anonimus. Siento decirte esto, pero mi opinión es que la pena que pide la acusación se corresponde perfectamente con los hechos denunciados. En primer luigar, no sólo has vulnerado la intimidad de tu ex-pareja, sino que la has revelado. Y la agravante lo es porque el contenido de la información obtenida y revelada atañe a la vida sexual de la víctima.Lo que no alcanzo a ver es lo de los fines lucrativos ¿sabes si los padres hand eclarado que les ofreciste dinero a cambio de no revelar a nadie más esos datos?

En primer lugar, te pondré un ejemplo: tú te vas de viaje y me dejas la llave de tu buzón, para que te recoja el correo ¿eso me da derecho a abrirlo?

En segundo lugar, quizá no era necesario que ilustrases a los padres acerca de la vida sexual de su hija; habría bastado con hacerte tú las pruebas, y si, estas hubieren resultado positivas, alomejor podrías haberla denunciado por lesiones imprudentes (si hubieses conseguido probar que era consciente, cuando mantenía relaciones íntimas contigo, de que era portadora de una infección contagiosa y no te advirtió de ello). Pero esto es sólo una hipótesis. En cualquier caso, puedo comprender que, guiado por la ofuscación y el miedo, actuases así, pero ello no significa que tu conducta no sea antijurídica o, como mínimo, reprochable.

Yo intentaría alegar la atenuante de ofuscación. Además, no sé si entraría en juego, también como atenuante, la circunstancia de parentesco.

Un saludo, mucha suerte y, ante todo, ten en cuenta que tu abogado lo hará lo mejor posible.
28/11/2005 21:51
Gracias, Rus, espero con impaciencia tu opinión y la de Ana Fernández. Por cierto, sustanciosa variación en el caso. El Fiscal se ha retractado en el archivo del caso y figurará también como parte de la acusación.
Un saludo y por supuesto, confío en mi abogado, pero también me gustaría leer alguna otra opinión.
Gracias.
perfil Rus
28/11/2005 18:49
Disculpas. Debí darme cuenta con los primeros datos de que se trataba de un juicio rápido.

Ahora no tengo timpo para responder, pero en cuanto pueda lo haré.

De todas formas, lo de siempre: confía en tu abogado.

Un saludo.
26/11/2005 03:11
(Continuación...)
También he mirado la lista de agravantes:
- ¿Puede considerarse alevosía el hecho de que yo me asegurase que la carta junto con el dossier de conversaciones vía messenger llegase a su familia?
- ¿Puede considerarse alevosía que enviase dicha carta/dossier a través de una empresa de reparto a domicilio de una floristería?
- El presunto delito no se comentió por ningún tipo de discriminación, sino por lo relatado anteriormente. AUNQUE CREO QUE EL TEMA ESTÁ DESVIADO PUES SE ESTÁN MEZCLANDO LA VULNERABILIDAD DE LA INTIMIDAD CON TEMAS FAMILIARES.
- ¿Aumentar el sufrimiento de la víctima?...puede que sí mediante sms que aportó en la denuncia como prueba, si lo miramos desde su punto de vista. Si lo miramos desde el mío, lo único que quería era que me confirmara o desmintiera si era VIH+, por mis miedos, y los de cualquier otra persona en mi lugar. Pero no fueron cometidos para la comisión del presunto delito, pues cronológicamente el delito ya estaba cometido (ya había entrado a su cuenta de correo, por supuesto con la contraseña que me proporcionó no solamente para enseñarme sus emails, sino también para que le hiciese gestiones, en concreto dar de alta un antivirus y que consta de los siguientes pasos:
1º) Rellenar un cuestionario online con todos los datos de carácter personal, nombre, apellidos, dirección, NIF, etc.
2º) Validar el registro del producto entrado en la cuenta de correo vinculada al producto, para obtener el número de registro y enlazar con otra página para dar la conformidad)
Pasados unos días le devolví el CD del antivirus con todos los datos de registro que mandaron a la cuenta de correo "vulnerada". ¿Vulnerada?...pero si no me proporciona claves voluntariamente, ¿cómo puedo acceder a ella para registrarlo?...So has registrado el Panda, sabrás cómo funciona. Enfin, es marear la perdiz y fastidiar por fastidiar; aunque yo no me quito mi parte de culpa, porque lo que tenía que haber hecho es ser más paciente, esperar 4 meses y repetirme las pruebas del VIH y haberme estado quieto con la carta y que cada cual se resuelva sus problemas; pero con "crisis de pánico" diagnosticadas por siquiatría desde antes del inicio de la relación, y bajo tratamiento, en muchos momentos la cabeza se va. ¿Podría ser ésto un atenuante o eximente?
- ¿Abuso de confianza? ...es subjetivo.
- ¿Reincidencia?...carezco de antecedentes penales, soy persona de orden y funcionario público y sobretodo, no me gusta que me tomen el pelo.
Así que en esas estamos. Mi abogado, si no entendí mal, me dijo que en caso de que el Fiscal no cambiase de opinión, no intervendría para nada en el juicio, sino que al ser la parte ofendida quien quiere seguir el proceso como Acusación Particular, haría de "Fiscal". ¿És puede ser así?
Por último, mi abogado también me ha dicho que por pedir condena y multa también se puede pedir hasta cadena perpétua y un dúplex en la Castellana, que por eso no me asuste.
Y en cuanto al tema pecuniario, que también me quita el sueño, tanto sea condenado o no, simplemente pagar al mío, que el pobre lo hace por compromiso, me vendrá grande y además tengo una hipoteca sustanciosa :-(
Al Procurador ya le he pagado. Pero, ¿y si me condenan en costas?...o en caso contrario, ¿podrían condenar en costas a la parte ofendida?...es que creo que hay asuntos más relevantes que éste, que a la vista y sin ser Letrado veo tan claro, y se está haciendo perder tiempo y dinero a la Administración pública.
Su abogado, hablando en privado con el mío, dijo que era un tema que estaba llevando también por compromiso y que quería que quitárselo de encima cuanto antes por eso...porque era un compromiso; aunque opino que pueda ser una estrategia para despistar ya que si no hubiera dicho a sus representantes que no hay nada que hacer; o bien, em casp de haberles dicho ésto, y volviendo al tema del bocata, la familia es la verdaderamente ofendida y le hacen seguir hacia adelante,...eso me despista un poco.
Rus, por correo te mandaría un resumen de la denuncia presentada, porque por aquí me parece excesivo; a parte de excesivo también abusar de tu tiempo.
En otra ocasión que esté menos cansado y para no cansarte tanto, podríamos comentar los eximetes y atenuantes.
Gracias de nuevo. Un abrazo!
26/11/2005 03:10
Gracias, Rus. Ya ves qué historia. Para nada lo hice con fines lucrativos y es algo que dejé muy claro y en mayúsculas en la carta que dirigí a los padres, que era una carta simplemente informativa; que a priori no iba a ser plato de gusto, pero que a la larga seguro que me lo agradecerían porque estaba en peligro la salud de la persona ofendida, que hablasen y que le "regañaran" porque no se pueden ir haciendo prácticas de riesgo con el primer desconocido que se encuentre y desde el primer momento y jugar con la salud ajena.
Efectivamente, pasó por el Juzgado de lo Penal, añado fue instrído como Juicio rápido, ¿eso es bueno o malo?. Fui y me tomaron declaración. La otra parte llevó a declarar a padres y hermanos. Pasó al Fiscal la documentación y las pruebasy fué cuando éste lo analizó y propuso el archivo del caso; pero la parte contraria interpuso un "recurso de casación" (si yo entendí bien por téléfono a mi abogado). Lo que sí me quedó claro es que juicio oral si que se celebraría y que además iba a ser en la Audiencia Provincial.
Rus, yo de Derecho estoy pez, pero algunos términos voy aprendiendo ya y más o menos voy interpretando las leyes; así que como tú bien dices, a mi tampoco me cuadran las penas del artículo 197 ya que dejé bien claro que no había ánimo de lucro....(sigue en el siguiente mensaje)
perfil Rus
25/11/2005 13:22
Qué historia. No eran necesarios tantos datos, sólo el artículo, aunque deben apreciar alguna agravante, porque o lo hiciste con fines lucrativos, o no me encajan las penas del artículo 197.

¿Pasó por el Juzgado de lo Penal? A ver, el Juzgado de lo Penal es competente para delitos con "pena en absatracto" de hasta 5 años. No me cuadra que primero haya ido al Juzgado y ahora te juzguen en la Audiencia.

25/11/2005 01:21
Rus, Ana, gracias por vuestro desinteresado interés :-)
Por todos es sabido, que Internet y más concretamente a través de sus buscadores, es rincón de nuestra casa accesible desde el más recóndito lugar y por la persona que menos te esperas; así que por si acaso la parte contraria le diese por buscar y no dudo que encontraría este foro, daré los detalles mínimos:
Los hechos son constitutivos de un delito contra la intimidad (es lo único que pone en la citación que me hizo firmar el funcionario) y yo no he visto ningún otro documento de los que le han ido llegando a mi abogado; pero como el caso se derivó al Juzgado de lo Penal y si ésto lo unimos a la palabra intimidad, parece que se está haciendo referencia al artículo 197 del CP.
A los que tenéis o habéis tenido pareja estable, se comparte todo, ¿no? desde el PIN del móvil, el de la targeta bancaria y hasta las contraseñas de las cuentas de correo, y si no es así en el vuestro, en nuestro caso si que se compartió, así que no se utilizaron, por mi parte, medios maliciosos ni cualquier otra artimañana para averiguarlos, sino que FUERON DADOS CON CONSENTIMIENTO. Sin pasar a más detalles sobre el caso y sin terminar de leer la primera frase de dicho artículo, la conclusión es clara: no hay delito de vulneración de la intimidad si uno mismo es quien la difunde.
Ahí es cuando yo lío la cosa: al sospechar de infidelidades, pues mi ex pareja se conectaba a chats buscando sexo rápido y discreto, prácticamente a diario (y no lo averigüé espiando, sino entrando a los mismos chats con un nick "sugerente" con el que tenía la seguridad de que entablaría conversación privada) decido terminar la relación tanto por el tema de las infidelidades como por el tema de posibles contagios de ETS, ya que en una ocasión tuve que acudir al Servicio de Urgencias de un hospital para que me tratasen una, aunque me juró por Dios que no había tenido sexo fuera de la pareja. El caso es que como se repetían las mismas incrusiones a los chats y yo cada vez tenía más miedo a los contagios, porque el amor es ciego, le digo que no quiero continuar la relación y corto la corto en seco por teléfono.
Después me aterro, pienso que si tuve una gonorrea, por qué no puede haberse contagiado un VIH, ya que empecé con la típica sintomatología de dicha infección. Intenté mil veces ponerme en contacto con mi ex pareja por teléfono, con sms, mediante una carta postal,etc. pero no tuve ninguna respuesta por su parte y eso incrementaba mis miedos, pues durante la relación me pidió que me hiciese analítica completa de infecciosas mientras que en su caso se negaba a venir conmigo y hacérnoslas juntos; y que nunca se hizo pero yo si que me hice a su petición. GILIPOLLAS DE MI!!!!!
Enfin, en un sms le digo que o habla conmigo del tema o tendré que hacerlo por medio de sus padres, porque insisto que para esas fechas yo ya presentaba sintomatología, pero dicha sintomatología resultó ser del cáncer. Así que un ataque de pánico, temor por mi salud, por la suya y por el resto de personas con las que pódría haber tenido contactos o tenerlos en un futuro, envié a sus padres una carta exponiéndoles los hechos, así como copia de varios emails de la cuenta de correo de mi ex pareja a los que yo accedo porque hacía tiempo que me había proporcionado esa y otras contraseñas más; hechos concernientes naturalmente a los hábitos sexuales para dar total credibilidad y es la cosa que más se menciona en la denuncia, ya que supuso un gran disgusto para la familia el enterarse de ésto, aunque la familia estaba al corriente de todo.
¿Se entiende ahora el símil del bocata?...Parece que los hechos han ofendido más a la familia que al ofendido en sí, y son los que "textualmente han dicho" que tienen que conseguir que yo vaya a la cárcel. El ofendido ni pincha ni corta, vamos, creo. Y yo tengo que pagar por las conductas de mi ex pareja: 6 años de prisión pide la acusación particular.
Y poco más puedo contar del caso, que no es poco lo que he contado.
Espero que con lo que os acabo de relatar os sirva para encuadrar mejor el caso y os vuelvo a dar las gracias por adelantado.
Gracias también por los ánimos y deciros que el tema del cáncer parece que está atajado de momento; pasada la quimioterapia que es lo más duro, ahora estoy con radioterapia y durante 5 años me esperan revisiones periódicas trimestrales y semestrales. Esto si que es una condena, pensar que igual en la próxima revisión el oncólogo diga que el cáncer ha recidivado.
Un abrazo.
perfil Rus
24/11/2005 19:54
Sería más fácil explicar las cosas si nos dijeras de qué te acusan. En el escrito de acusación dirá algo así como "los hechos son constitutivos de un delito de ... previsto en el artículo ... del CP".

Voy a intentar hacer un esquema (de andar por casa) para aclarar algunas cosas.

Se puede decir que el proceso tiene 3 partes: Instrucción, juicio oral y ejecución.

Cuando se hace una denuncia, se inicia la Instrucción (investigación), en un Juzgado. En esta fase se tratan de aclara los hechos, y para eso se cita a los implicados a declarar. Es aquí cuando se dice al denunciante si quiere personarse como acusación particular.

Al terminar esta fase, puede ocurrir que se considere que no hay indicios de infracción penal, y se pide el sobreseimiento (Ley de enjuiciamiento criminal, artículos 779 y siguientes,- posibilidades que hay-.). Puede ocurrir, como en tu caso, que el Fiscal entienda que no hay delito pero que la acusación particular sí, y por eso se pasa a la siguiente fase, el juicio oral.

Dependiendo de si es falta o delito (y de la pena prevista), se juzga en un juzgado o en otro, o en la Audiencia. No tiene nada que ver que el Fiscal acuse o no . La competencia para juzgar depende de la pena que corresponda al delito por el que se te acusa.

El fiscal interviene siempre, porque una cosa es la instrucción y otra el juicio oral (intervienen dos fiscales distintos).

Honorarios. Se fijan por Cada colegio de abogados y procuradores. Si tú ganaras, tu abogado calcularía sus honorarios (lo mismo que el procurador), y pasarían la minuta a la otra parte, que encaso de considerar que están mal calculados, que son excesivos o lo que sea, puede impugnarlos en el Juzgado.

Atenuantes-suspensión.
Cada delito lleva aparejada una pena, por ejemplo, de 1 a 4 años de prisión. Es la "pena en abstracto". A partir de ahí, puede haber atenuantes, eximentes o agravantes, que pueden hacer que se te aplique la pena, por ejemplo, en su mitad inferior (de 1 a 2 años), o inferior en grado (de 6 meses a un año), entre otras muchas posibilidades.

La suspensión del cumplimiento de la condena puede venir dada por varios motivos, por ejemplo, que no teniendo antecedentes, te condenen a menos de 2 años de prisión (como Farruquito).
Se trata de conseguir, si no se puede lograr la absolución, que al menos la persona no entre en la cárcel, y para ello se intenta la aplicación de alguna atenuante para rebajar la condena a menos de 2 años y así se suspende. Por eso, cuanto más alta sea la "pena en abstracto", más difícil es conseguir, con el "juego de las atenuantes", rebajar hasta 2 años la "pena concreta".

En cuanto al problema del bocata, sin saber el delito no puedo hacer comentarios sobre las posibles vías de defensa, pero supongo que tu abogado lo hará bien.

Intentar olvidar lo ocurrido es lo que yo haría. No creo que se deba actuar por venganza.

Espero que te mejores, que todo salga bien. Para cualquier duda, aquí seguimos.

Un saludo.
24/11/2005 11:09
No me pillas con mucho tiempo para responderte a todo, pero, en cualquier caso, te diré que por tu estado de salud, no ingresarías en prisión. A lo demás, ya te contestaré con más calma, para lo cual te agradecería dieses más datos acerca del caso. Un saludo, suerte y no te preocupes.
24/11/2005 01:34
Rus, muchas gracias por contestarme, me has aclarado muchísimas cosas, gracias de nuevo :-).
Lo de la acusación particular, entendido y muy didáctico el ejemplo. Lo del Fiscal también es una esperanza para mi y pienso que es bueno y lo más probable es que él no intervenga en el juicio porque si no cambia de opinión, al pedir el archivo, se aparta del caso y su abogado oficiaría de "pseudo fiscal" ¿eso puede ser? Pero si interviniese, no sé, todo depende de cómo preparara el ataque el abogado de la otra parte. Pero es que no hay más cera que la que arde; es decir, un hecho del que se me acusa y del que tengo la conciencia tranquila de no haber llevado a cabo; ahora bien, se pueden terjirversar los hechos tal y como hicieron en la denuncia, dejándome por los suelos, aumentando los hechos, mintiendo y haciéndome pasar por un perturbado mental o un demente.
Lo referente a condena en costas perfectamente entendido; pero ¿quién barema los honorarios de la parte contraria en caso a ser condenado en costas?.¿También incluye el Procurador o simplemente el Letrado?

Uffff, en cuanto a denuciar por denuncia falsa, no sé, estoy ya harto de todo este tema, me está mareando tanto que no sé qué hacer;...ahora bien, si las cosas funcionaran como a mi me deben ser, debería quedar él por los suelos por sus falsas acusaciones, que al final el Juez le preguntase que para qué ha movido todo este zapatiesto, hacer perder tiempo a la Justicia Española e iniciar procesos a sabiendas de su falsedad y condenarlo a él aunque fuese a pagar mi abogado, porque las noches sin dormir que llevo, a parte del tratamiento de quimioterapia que empecé hace ya siete meses (justo a los dos meses de recibir la denuncia me diagnosticaron un cáncer), no tienen precio.

En cuanto a la Audiencia, perfecto, entendido. Creo que es porque al apartarse el Fiscal del caso, ellos han pedido ser acusación particular y ya no corresponden al Juzgado de "andar por casa".

La cuestión 7: el tema más peliagudo. La denuncia la pone el ofendido, ¿ok? porque sobre él recae el perjuicio del supuesto delito; pero con toda seguridad, el ofendido pasa del tema y sobretodo pasa de recurrir, sino que está actuando coaccionado por un familiar suyo, que es en realidad el que se ha sentido más ofendido por los hechos. Ejemplo: imagínate que en el colegio te quitasen el bocata, y que a ti te da igual porque total ni te gustaba ni tenías hambre, además, eres tan despistado/-a que ni siquiera te acuerdas dónde lo has puesto; aunque es evidente que no te siente bien que te haya desaparecido. Se enteran en casa del incidente y tus padres te dicen, pues mañana vas y se lo dices a tu tutor y que investigue a ver quién te lo quitó, y en ese momento piensas cargado de razón, "pues vale". El tutor al día siguiente investigación, charla a la clase, etc...pero no sale el culpable y el bocata, por supuesto sigue sin aparecer; y es entonces cuando piensas de verdad, ...pero ¿a mi qué más me da el bocata?. LLegas a casa y tus padres te preguntan ¿qué ha pasado con el bocata?...¿Que no se sabe nada?....Ah, no, no, no!!! Esto hay que hablarlo con el director del colegio; y coge por su cuenta, pero hablando en nombre de su hijo y va y habla con el director (escalón superior en jerarquía) y le dice que no está de acuerdo y que siga adelante hasta que aparezca el culpable, aunque a quien le han quitado el bocata, el tema ya le trae con cuidado, sino que el padre por su orgullo herido quiere proclamar el de su hijo. Y así hasta donde haga falta hasta que caiga un cabeza de turco. No sé si me he explicado suficientemente bien con el ejemplo. El que se siente ofendido es el padre, no el hijo, y el padre es quien da órdenes al abogado para que siga el proceso. ¿Ésto cómo se podría enfocar de cara a una declaración del denunciante?...Admito opiniones, sugerencias,etc. por si no se le ocurren a mi abogado, poder aportar yo ideas.

Mi abogado no me ha dicho mucho a cerca de lo que pide la acusación particular, solamente me ha informado que piden más de 5 años de prisión, y por lo que me dices, Rus, cuantos más años se pidan menos posibilidades hay de evitar el ingreso en prisión si fuese condenado. Pero, ¿qué es el juego de atenuantes-suspensión?. He leído sobre eximentes, atenuantes y agravantes,...vamos me los sé todos, pero nunca había oído la expresión de juego de atenuantes-suspensión.

Perdona por extenderme tanto otra vez y te doy las gracias de nuevo por tus aclaraciones y por anticipado por releer y contestar de nuevo a mis dudas.
Un saludo.
perfil Rus
23/11/2005 14:18
Acusación particular. Significa que quien te denunció está personado en la causa. Esto significa que forma parte de la misma, que puede participar "activamente". Ejemplo. Una pelea. El lesionado va al centro de salud y dice que sus lesiones se las produjo Pepito. Se incia el procedimiento en el Juzgado, y van llamando para declarar. Cuando llamen al lesionado, le harán lo que se llama "ofrecimiento de acciones", para "ser parte". Si acepta, como decía antes, participa activamente. Si renuncia, como mucho podrá ir como testigo si es citado. En tu caso, si quien te acusa no fuera "acusación particular" no podría haber hecho escrito de acusación ni solicitado la apertura de juicio oral.

Fiscal. Es bueno, porque como dices, no ve indicios de delito, así que sus preguntas serán más "suaves" (no sé cómo explicarlo, que alguien me ayude).Ojo. A la vista de lo que ocurra en el juicio, podrá cambiar sus conclusiones y entender que sí hay indicios de delito y por tanto pedir tu condena. Pero en principio, es buena señal.

Condena en costas es eso. De oficio, si no me equivoco, es que cada uno paga lo suyo.

Mentiras. Quien te acusa debe probar los hechos, y si se ve que no tienen fundamento, podrías tú denunciarlo por denuncia falsa.

Audiencia. Que yo sepa, no influye para nada que haya acusación particular. Que te corresponda el juzgado o la Audiencia depende de la pena correspondiente al delito). Ambas partes podéis recurrir.

No entiendo la cuestión nº 7.

Yo creo que tu abogado no te está engañando ni intenta suavizar nada. La cosa debe ser grave cuando se juzga en la Audiencia (cuantos más años de prisión lleva aparejado el delito, menos posibilidades de evitar el ingreso en prisión por el juego de atenuantes-suspensión), pero tienes a tu favor que el Fiscal "no acuse".
Archivo de caso?
23/11/2005 02:33
Buenas noches, espero que alguien pueda echarme una mano, por la que estaré muy agradecido, porque estoy muy liado con los términos y los procesos judiciales, y creo que mi abogado, por quitarme preocupaciones o sustos, porque no estoy nada bien de salud, intenta ser lo más "suave" posible.
Los hechos son los siguientes:
En unas diligencias previas en presunto delito penal, tras tomar declaración el Juez al imputado, o sea yo, y a quien la acusación creyó conveniente llamar a declarar, se dio traslado al Ministerio Fiscal, el cual remite en su escrito que no vee indicios de delito o que no hay suficientes pruebas para iniciar juicio oral, por lo que decide el archivo del caso dando traslado a ambas partes. La parte demandante no está de acuerdo, por lo que recurre y se va a presentar como acusación particular. Mis dudas son las siguientes:
1.- ¿En qué consiste la acusación particular?
2.- Que el Ministerio Fiscal propusiera el archivo del caso, ¿es bueno o es malo?...supongo que es bueno, pero ¿puede o no influír sobre el desarrollo del juicio que inevitablemente se va a llevar a cabo promovido por la otra parte?
3.- ¿Qué es la condena en costas?...¿Significa que a parte de pagar los honorarios de mi abogado; en caso de ser condenado, tenga que pagar también los honorarios del abogado y procurador de la otra parte?
4.- ¿Qué diferencia hay entre condena en costas y declarar las costas de oficio?
5.- Si en la denuncia formulada ante el Juzgado de guardia por la acusación hay MENTIRAS, ¿qué puedo hacer yo al respecto?
6.- Al presentarsen como acusación particular, el juicio se celebrará en la Audiencia Provincial, y perdonad mi ignorancia pero parece que haciendo un símil es como subir a un peldaño más alto, ¿hay puede acabar todo, o si no está la parte contrario con el dictamen, puede recurrir a otro peldaño más alto?...Es decir, por mi parte NO HAY DELITO, pero SE EMPEÑAN en que vaya a la cárcel, así que ¿podrán seguir recurriendo?
7.- El ofendido no "pincha ni corta" en todo el proceso sino que es un familiar suyo que como ya dije en la cuestión 6 está empeñado en que vaya a la cárcel...¿cómo podría "atacarse" este hecho?...

No sé si me he explicado bien en todas las cuestiones, si hay alguna duda, por favor decídmelo e intentaré aclarar lo que no haya quedado suficientemente claro; pero POR FAVOR, QUE ALGUIEN ME SAQUE U ORIENTE DE ALGUNA DUDA, O ME DIGA QUÉ ESTRATEGIA SE PUEDE SEGUIR ANTE ALGUNA DE LAS CUESTIONES ANTERIORES PARA PODER SUGIRÍRSELAS A MI ABOGADO.
Gracias por leerlo, de antemano por contestar, y firma
Un desorientado despesperado.