No le ha prescrito la acción. Mire en el Código Civil los plazos de prescripción para ejercitar acciones reales y verá que la más corta es de diez años.
Ataúlfo López-Mingo
676480222
ataulfo@lopezmingo.es
Hola Buenas tardes tengo un parcela rustica en un pueblo de Ávila y mi vecino de al lado hace 4 años ha plantado varios arboles pegados a la valla medianera de dicha finca, he leido que segun el artículo 591 del Código Civil esos arboles deberían estar a una distancia mínima de 2 metros de la valla medianera, lo voy a denunciar pero me surge la duda de si yo no lo denunciara a partir de cuantos años prescribiría y ya no se podria denunciar