Aplicando, lo que dice el Código Civil, sobre ramas de árboles que traspasan los muros medianeros, usted está en su derecho de cortar la parte del árbol que sobrepase la altura de su forjado de piso.
Las propiedades no solo tienen límites en sentido horizontal, sino también en sentido vertical.
Tengo el mismo problema que tú, con el agravante de que los vecinos de la planta baja son ingleses que dicen que la ley española no les interesa. El arbol está plantado en el jardín del bajo, de propiedad privada ( NO ES COMUNITARIA) y se eleva ya 3 metros, quitando la vista de mi terraza del primer piso
¿ Cómo lo solucionaste?
claro no está, de eso no hay duda, porque una norma en ese sentido llevaría a eliminar muchos árboles de las aceras ... y de momento va a ser que no, aunque con el tiempo quizá haya que acometer ese debate, porque no hay duda de que, al margen de los beneficios que se le puedan atribuir, causan un perjuicio
lo que tampoco tengo claro es que no sea un problema comunitario, fundamentalmente porque la parcela es común aunque ese jardín sea privado
creo que hay dos frentes:
- la barrera visual, tanto en la medida en que afecte no solo al derecho de luces del código civil sino a las dimensiones del espacio libre para el cumplimiento de las condiciones de vivienda exterior y de habitabilidad, como al apantallamiento
- la esencia de la propiedad horizontal, en la medida en que ese jardín es un elemento de planta baja, porque la propiedad (o el derecho de uso) es del jardín y no del suelo (parcela), y no da derecho a extenderse por encima de esa planta. En el mismo sentido, en el supuesto de un edificio plantas aterrazadas (escalonadas), sería como si el propietario de una terraza instalase un elemento mueble, o un árbol, que ascendiera una o dos plantas por encima de la suya, apantallando las terrazas de niveles superiores
Sí, debo tener mala suerte con los abogados. A mí me dicen que en el Código Civil art. 591 592 si no voy equivocada, no dice nada de la altura a la que los árboles pueden llegar y sí a la distancia a la que tienen que ser plantados. Antes de enviar un burofax, han de saber si me pueden tapar las vistas o no, por altura, y no dice nada al respecto en la "servidumbre de vistas y luces". Están mirando la Ordenanza Municipal de mi localidad y si hay jurisprudencia, si no, no lo tienen tan claro. De todas maneras agradezco sus respuestas.
Hola, lo primer q tiene q haver, es enviar al president de la comunidad y a los referidos vecinos que han puesto los setos un burofax o carta certificada con acuse de recibo,requiriendoles nuevamente a su poda en un plazo, si se lo hace un abogado mejor ya q conoce los terminos de la reclamacion, si pasado el plazo no los cortan y no contestan, preparar una demanda para presentar en el juzgado.
Esperamos haberla ayudado, si lo desea conecte con nuestro despacho para la resolució de su asunto.Un saludo
Pues que mala suerte tiene Ud con los abogados.
Sea de quien sea los arboles, están perjudicando a la comunidad, aunque solo sea a Ud, Ud es un mimbro de la comunidad, y la comunidad debe velar porque se cumpla la LPH. Concretamente el:
Artículo diez.
1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:
a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad ............
Lo corto el articulo en la HABITABILIDAD ya que supone que su casa no reúne condiciones suficientes, sino no se quejaría Ud.
No es un tema comunitario. Es un tema privado. No son los árboles de la comunidad son los de un bajo cuyos árboles no son comunitarios y sólo me quitan las vista a mí. Lo he consultado con 4 abogados y todos me dicen lo mismo y diferente a ustedes.
gracias
Buenos días: Vivo en un primer piso y el vecino de los bajos tienen unos cipreses que sobrepasan mi altura y llegan casi al segundo piso. Les he pedido que los podaran pero me contestan que si lo hacen se convertirán en setos. Yo no veo el jardín comunitario ni casi la piscina. ¿Qué puedo hacer si no los cortan?. Me están dando largas desde hace tiempo pero no sé si les puedo denunciar porque sobrepasa mi altura. Deben medir unos 6m. Muchas gracias.