En un contrato privado entre 2 sociedades, se ha establecido como cláusula final para las posibles controversias que se acudirá al arbitraje establecido por el Decano del Colegio de Abogados.
Habría alguien que haya ido por esta vía y que nos pudiera ayudar para ver cómo debemos proceder. Gracias.
Estimado Teofilo y demás amigos: Gracias por vuestra respuesta. El contrato se ha hecho en Sevilla, supongo que hay que acudir al Colegio de Abogados de Sevilla, y cómo se distingue si es un arbitraje de derecho, y bueno, cuáles son los primeros pasos que debo dar para este tema. Gracias.