No es lo mismo mediación que arbitraje.
Hasta donde yo sé, hay un servicio de mediación donde existe la correspondiente Cámara de la Propiedad Urbana. Donde no existe, creo que la consejería de vivienda de la comunidad autónoma presta dicho servicio.
Opino que eso no se debe considerar un arbitraje o un mediador. (relator o acompañante en un tema que nos preocupa a muchos españoles)
Ante la duda de si el vecino esta exento de pagar esa obra, el administrador si lo hay, o un abogado especialista en LPH no serian mediadores, sino quienes una vez leído los estatutos pueden dar su opinión.
La LPH no dice nada de mediadores, el único mediador que contempla es un juez cuando no se puede nombra a un presidente de la comunidad, buscar un mediador para este tema, no tiene sentido,
Nunca he creído en el interés del arbitraje o la conciliación, y en el caso de las comunidades de propietarios, mucho menos, cuando se rigen por una ley, la LPH, objeto de multitud de conflictos e interpretaciones, por su deficiente redacción.
Solo hay que ver la diversidad de las sentencias judiciales.
Sabéis si una comunidad de propietarios y un vecino pueden solicitar un arbitraje o una mediación sobre un tema en concreto? Lo comento porque entre comunidad y vecino tienen dudas (y problemas) sobre si a este último le toca, o no, pagar arreglo de fachadas (aclaro que el vecino es dueño del bajo), ya que aunque en la división horizontal no aparece expresamente exonerado de dichos gastos, si que aparece una exoneración que podría interpretarse como que sí pero también lo contrario, y antes de llegar a juicio podría ser interesante, y más rápido y económico, una solución de este tipo.
El tema de arbitraje creo que tiene que estar expresamente recogido en los estatutos, que no lo está, pues el edificio tiene años, pero el tema de la mediación no aparece por ningún sitio si se puede o no.
Alguno tiene experiencia con estos procedimientos para el arreglo de problemas entre vecinos y comunidad?