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arbitarje en contratis de arrendamienots urbanos

4 Comentarios
 
Arbitarje en contratis de arrendamienots urbanos
31/05/2008 12:03
En los arrendamientos urbanos si en un caso de que el arrendataria y el arrendador no pactaron nada en el contrato podrán someterse a un arbitraje si posteriormente lo acordaron por escrito.¿ O tener que ser de forma expresa también?

perfil Jan
02/06/2008 13:35
Hola netbroker. Sí las partes acordaron someterse a arbitraje de forma POSTERIOR a la firma de contrato y tal acuerdo consta por escrito no hay problema alguno.

Reciba un cordial saludo.
02/06/2008 17:18
Gracias por contestar Jan.

Pero hay un pequeño matiz.

Sólo podrán someterse a un arbitraje si posteriormente le acordaron de forma expresa y por escrito o si pueden ya que no se exige conste de modo expreso.

Un saludo.
perfil Jan
02/06/2008 17:31
Hola netbroker. He supuesto que en contrato NO se pactó sometimiento ni a los Juzgados y Tribunales de la ciudad en la que esté sita la vivienda NI tampoco a Arbitraje.

Si, por ejemplo, en el contarto constase que las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de la ciudad en la que esté sita la vivienda, deberán adjuntar un anexo al contrato en el que conste la sustitución de la citada clausula por otra en la que acuerdan someterse a Arbitraje.

Si NADA consta en el contrato para mayor seguridad adjunten el sometimiento a arbitraje al contrato a través de un anexo.

Reciba un cordial saludo.
02/06/2008 19:11
Gracias Jan,

Ya ahora es más clara.

Gracias y un saludo.