Hola! Quiero antes de nada felicitaros por la estupenda página que ofreceis.La recomendaré.
Quisiera preguntar si los procuradores pueden aplicar los aranceles actuales en su minuta, en los procedimientos habidos antes del 21 de noviembre del 2003.
En una JURA DE CUENTAS, se puede paralizar el embargo de la nómina si no te han notificado, por no localizar al interesado, impidiendo la impugnación de la misma? Gracias de antemano.
Hola a todos de nuevo!
Me han pasado varias minutas de procurador que me han parecido ¡¡¡ ESPELUZNANTES !!!.
Quisiera que alguien me diera su opinión al respecto, porque utilizando la calculadora para ello, no me cuadran los números en absoluto.
Son dos procesos paralelos, uno por una demanda de pensiones ( 300 € por dos hijas) y otra por una cuantía de 24.040,48 €.
- Por una EJECUCIÓN DINERARIA DE UNA CUANTIA DE 23.688 € 4.000 € DE INTERESES Y COSTAS, es decir, un total de 27.688 €, me ha pasado una minuta de 2.748,68 €, sólo de ese proceso y sólo de esa procuradora, porque aparte, aboné otros 240 € al procurador que llevó el recurso del Tribunal Superior.
- En otro procedimiento paralelo, por un JUICIO ORDINARIO me cobra 1.295,41 € por una CUANTÍA de 49.068,92 € .
- Por la EJECUCIÓN PROVISIONAL, cuya cuantía es de 35. 472,37 €, otros 1.264,92 €.
- Por los trámites de DIVORCIO de MUTUO ACUERDO, otros 180 €.
Es decir, que sólo de los gastos de esta procuradora he de pagar un total de 5.489.€ (913.295 pesetas).
De abogado me ha pasado una minuta de 1.280,64 €, sólo por el DIVORCIO de MUTUO ACUERDO. El resto de las actuaciones iban aparte por otro letrado.
¿¿¿¿¿¿¿¿ ES POSIBLE ÉSTO ?????
Por favor que alguien me conteste lo más pronto posible. Me siento impotente y desprotegida y creo que están abusando de mí, por el desconocimiento respecto a este tema. Se niega a darme explicaciones de ningún tipo y me ha
Mil gracias de antemano.