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Arancel

5 Comentarios
 
Arancel
22/05/2008 11:13
Hola compañeros, me ha surgido una duda en relación con la aplicación del arancel. En un Proc. Ordinario por resolución contractual de un contrato de arrendamiento en el que se pretende el desalojo del piso sin reclamar ninguna renta(ya que siempre ha estado al corriente de pago), cuál sería el art. a aplicar.No sé si sería el art.1.3(ya que no se reclama cantidad) o el 2.e, porque el tema versa sobre resolución de un arrendamiento.

Gracias anticipadas a tod@s.
26/05/2008 16:32
¿Cuál creeis que es más correcto aplicar?

Un abrazo a tod@s.
17/06/2008 01:22
yo aplicaria el 2.e

saludos
20/06/2008 12:54
La duda estaría entre el 2.d y el 2.e, el 1.3 de ninguna manera. Yo me inclino por el 2.d
Salvo mejor criterio.
21/06/2008 14:15
Compañera, si no tienes cuantía fijada en el escrito de demanda no podrás aplicar el articilo 2.d ni el e porque te obliga a reccurrir al artículo 1 este artículo se aplica siempre cuando hay una cuantía en mi opinión debes aplicar el 1.3 cuantía indeterminada, una vez aplicado el 1.3 lo vuelves a aplicar ya si con el 2.d ya que este supuesto es de legislación especial en matera civil.
24/06/2008 11:30
Muchísimas gracias a todos por vuestra ayuda. Podrían poner el arancel más claro porque siempre andamos con problemas de interpretación. Os agradezco mucho vuestra ayuda.

Un abrazo.