Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

apuestas online

1 Comentarios
 
29/05/2013 17:52
Hola prokonami,

a estas alturas, ya habrás resuelto tus dudas, estoy seguro. En todo caso, por si necesitas realizar alguna reclamación a las casas de apuestas online, te paso a explicar cuales son los pasos a dar:

En los últimos meses se está produciendo un cambio significativo en las apuestas deportivas y juegos online en España. Hemos pasado de hacer la típica Quiniela el fin de semana a apostar por Internet en cualquier momento de la semana, incluso en vivo. Este hecho es debido a la regulación del sector del juego online que, con la entrada en vigor en el año 2011 de Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, ha experimentado un incremento exponencial de usuarios de este tipo de apuestas. En junio 2012 se otorgaron más de 50 licencias a operadores del juego (BETFAIR, BWIN, Luckia, BET365, etc…) por parte de la Dirección General de Ordenación del Juego( DGOJ). Desde ese momento, existen dos tipos de operadores actuando en el mercado español, los legales que actúan con licencia y los ilegales que carecen de ella. Hasta la aprobación de la Ley, todos actuaban de forma alegal.

Con la regulación del sector, ¿qué gana el usuario de este tipo de apuestas?, ante todo, seguridad jurídica y protección legal ante posibles abusos de las casas de apuestas. Antes sólo se disponía de la vía judicial (orden civil) pero ahora cabe la posibilidad de acudir a la vía administrativa para resolver las disputas.

El procedimiento de reclamación es el siguiente: en primer lugar deberemos reclamar a la casa de apuestas, todas deben disponer de un procedimiento de reclamaciones establecido en las reglas internas. Atención al plazo, debemos presentar nuestra queja antes de que se cumplan tres meses desde la fecha en la que se celebró el evento deportivo origen de la controversia. El operador del juego debe ofrecernos respuesta en menos de un mes, en caso contrario o que la respuesta no cumpla con nuestras expectativas, estaremos habilitados para acudir a la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) y así iniciar la vía administrativa. En el plazo de dos meses la DGOJ deberá resolver el asunto. En consecuencia, cómo máximo en tres meses el proceso de reclamación deberá finalizar desde que hemos iniciado nuestra reclamación a la casa de apuestas.

Este procedimiento es idéntico para todos los tipos de apuestas deportivas: mutuas, de contrapartida e hípicas. Es de suponer que cuando se apruebe la orden que regule las apuestas cruzadas (tan esperada por BETFAIR y muchos apostantes) se implementará un procedimiento análogo al descrito. En el resto de juegos online (Ruleta, Punto y Banca, Bingo, Black Jack, Póquer, etc) de la misma forma debemos seguir el procedimiento indicado más arriba.

Como se puede comprobar, la entrada en vigor de la Ley, el reglamento de desarrollo y las diferentes órdenes, está ofreciendo un marco jurídico seguro tanto a participantes como a operadores del juego para interactuar en un negocio que crece de forma constante.

Por otro lado, y disculpen la batallita, hace años que conozco el sector desde la vertiente personal y profesional. “La Quiniela” siempre será un gran recuerdo que permanecerá en mi memoria, pero la comodidad de poder apostar desde casa incluso en eventos en directo es muy atractivo, cómodo y emocionante. Es una de las claves de su éxito en todos los países. Por otro lado, el aspecto más negativo es el aumento de la ludopatía entre los apostantes. Desde el sector se elaboran políticas encaminadas a minimizar este aspecto tan perjudicial para las personas. Existen una serie de mecanismos en las casas de apuestas y en la Ley para evitar que personas con este problema dilapiden su patrimonio personal y familiar. Pero eso ya lo explicaremos en otro post.

Como conclusión, desde la regulación del juego online, existen dos vías para reclamar a los operadores del juego, la judicial y la administrativa. Sin duda, para URECA-Legal primera opción desde el otorgamiento de licencias en junio del 2012, ha sido en todos los casos optar por la vía administrativa. Más barata y rápida para el participante. Afortunadamente, la seguridad jurídica ha llegado al sector y eso redunda en los resultados de negocio que obtiene el sector del juego con una previsión de gasto en juego online de 5.000 millones de euros para 2013 por parte de los internautas.


Bueno prokonami, espero que esta respuesta te pueda ayudar a ti o a otros foreros.

Saludos!

Alberto Cuesta
Abogado en URECA-Legal
www.urecalegal.com
Apuestas online
29/08/2012 13:04
Quiero participar en apuestas online junto a dos amigos. La idea es abrir una cuenta entre los tres (titulares)
Mis dudas son la siguientes:

-A partir de que cantidad obtenida como beneficios nos vemos obligados a contribuir con hacienda?

-Suponiendo que tengamos que declarar los titulares de dicha cartilla un supuesto beneficio de X importe, la agencia tributaria lo fraccionaria entre los tres usuarios o estudiaria la completa cantidad total por cada uno de los titulares de la cuenta?

No se si me he explicado bien, es la primera vez que tenemos la intencion de participar en estos tipos de apuestas online y no sabemos que pasará cuando nos toque declarar.
Alomejor es mejor jugar individualmente pero por eso os pedimos que nos asesoreis lo mejor posible.

Muchas gracias por todo.