Hola CH. Intentaré contestarte a tu última pregunta. No es preciso hacer constar quien es el administrador de la empresa en el escrito de demanda, sino que sirve únicamente con el encabezamiento que te ha indicado mariag, y en el momento de comparecer en el Juzgado a otorgar el apoderamiento apud-acta puede ir cualquiera de las personas que ostente la representación legal de la empresa (por supuesto con los documentos que acrediten esa representación legal).
En cuanto a la consulta al Registro Mercantil, supongo que si la pides no te la admitirán puesto que como establece el último parrafo del art. 590, el Juzgado no recaba datos de aquellos organismos que la parte pueda obtener por sí mismos. En cuanto a la averiguación patrimonial, parece que no es el momento adecuado, sino que será cuando tengas una resolución a tu favor y pretendas ejecutarla. En fin salvo mejor criterio
Gracias, maríag, entonces al sr.Administrador no hace falta que lo indique en la solicitud de apoderamiento apud acta.
Y otra cosa, ya que has sido tan amable. Puedo solicitar mediante otrosi una consulta del registro mercantil para conocer la situación de la sociedad deudora demandada y, además una averiguación patrimonial?. Muchas gracias.
En el encabezado:
"Don Fulanito, Procurador de los Tribuanles y de XXX, S.L representación que acreditaré mediante apoderamiento apud acta ante el Juzgado que por turno de reparto corresponda, comparezco...."
En el momneto de hacer el poder apud acta el administardor irá con la escritura que acredite su condición al Juzgado y lo otorgará.
Salbo mejor criterio.
Un saludo.
Hola. Es la primera vez que solicito un apoderamiento apud acta, y no sé muy bien donde colocarlo en la demanda.
se solicita mediante otrosi al final o, en cambio, se dice en el encabezado del procurador; cual es la fórmula común.
Y luego, el cliente es una empresa, apodera ésta o se indica a su administrador?. Gracias.