Hola a tod@s. Mi cuestión es la siguiente: si en un procedimiento de medidas cautelares se otorgó un "apud acta"; para luego presentar la correspondiente demanda será necesario de nuevo otorgar poderes al mismo procurador? Gracias.
P.D. Mensaje para Anafer: cuando puedas, sería posible que me enviaras el modelo de demanda extinción pareja hecho, porfi!!
me sumo a la opinión de los demás. No te será necesario, simplemente deberás citar "según poder apud acta otorgado en el procedimiento de medidas cautelares.."
Siiiii!! Me serán muy útiles para este caso y paro los que vengan en un futuro!Gracias Te debo más de una ya, a este ritmo me vas a obligar a invitarte un café!