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Apud acta extranjería

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Apud acta extranjería
30/11/2021 23:35
Me inadmiten a trámite demanda contenciosa, el cliente no me indicó señas, ni teléfono, nada, pero firmó en comisaría el acta manifestando su voluntad de recurrir. No obstante, como os he dicho es imposible ponerse en contacto con él y así lo he manifestado al Juzgado.
Aún así, el Juzgado me comunica esto:
"Es necesaria la realización de APUD ACTA a pesar de haber sido designado del turno de oficio a tenor de lo dispuesto en la Sentencia 1133/2020 de 29 de julio, de interés casacional, dictada por la Sección 5a de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, sin que pueda designarse Procurador de oficio al no ser precisa su intervención conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la LJCA, pudiendo el Letrado efectuar él mismo el apoderamiento electrónico a su favor (link...en Sede Judicial electrónica ....trámites y servicios....apoderamiento apud.act), siendo la solicitud de Letrado de oficio suficiente para considerar manifestada la voluntad del recurrente de interponer la demanda, para lo cual se le concede un plazo de DIEZ DIAS."
He entrado en la sede electrónica con mi certificado digital pero no hay manera de hacer el apoderamiento, pues obviamente no me deja apoderarme a mi mismo, ni que coincida el representante con el apoderado.
¿ Qué se puede hacer en estos casos, si es que algo puede hacerse ?