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äpto con limitaciones

6 Comentarios
 
äpto con limitaciones
11/01/2024 12:05
Buenos días, después de un año de baja, mi profesión es gerocultora,( aunque para el INSS soy auxiliar de enfermería hospitalaria).... me han dado el alta. Me dijo la doctora del tribunal mèdico, que me iba a corregir el puesto de trabajo, pero no ha sido así, con lo que me han dado el alta. Tras haber pasado la revisión mèdica del trabajo, me han dado APTO CON LIMITACIONES, no pudiendo coger más de 15 Kg. El informe médico, igual que me llega a mi, le llega también a la empresa? o debo comunicarlo yo. Está obligada la empresa a reubicarme? Si la empresa no quiere, me puede despedir, por causas objetivas, o sería improcedente? De momento, no me han dicho nada en la empresa..... Si alguien me puede orientar.... Un saludo
13/01/2024 13:53
Josefi
Buenas
La empresa recibe el resultado de ese reconocimiento al igual que tu, pero ojo solo la parte del APTO con limitaciones y cuales son las mismas, nunca pueden llegarle temas médicos.

La empresa tiene que adaptar tu puesto de trabajo para que no realices los esfuerzos que tienes limitados por el servicio de prevención y en caso de no poder hacerlo ni tampoco ofrecerte otro puesto donde no tengas limitaciones, entonces si podría proceder al despido objetivo por ineptitud sobrevenida.

Pero ojo porque es la empresa la que tiene que demostrar muy claramente que no puede adaptarte el puesto ni darte otro, los tribunales han dejado muy claro que el simple hecho de un no apto o apto con limitaciones no es suficiente como causa de despido.

En cuanto al despido yo he visto sentencias del Supremo declarando el despido como NULO pero esto ya depende de cada caso particular.
13/01/2024 14:18
Manure
Buenas, efectivamente como te ha dicho el forero Manure,la empresa está obligada a adaptarte el puesto de trabajo, recogido en la LPRL ( Ley de Prev. de Riesgos Laborales), y ojo porque podrían ejecutar un despido objetivo por ineptitud sobrevenida, alegando que no hay posible adaptación del puesto de trabajo, ante ello, de inmediato proceda a reclamar, si le interesa conservar su puesto de trabajo, si no me equivoco conlleva una indemnización de 20 días de salario por año trabajo,con un máximo de 12 mensualidades. Repito haga valer su derecho a la adaptación del puesto de trabajo, que me temo, que las empresas no se van a calentar mucho el cerebro en adaptar el puesto de trabajo, que conllevará un protocolo, y podrían optar por la vía fácil del despido.
15/01/2024 11:45
Manure
Muchisimas gracias por contestar, ahora mismo me han dicho que lo están mirando, a ver que hacen conmigo. A final de mès tengo turno de noches, y estoy pensando en comunicar a la empresa por escrito, si pueden quitarmelas, es mejor esperarme a ver qué decide la empresa? Gracias de nuevo , saludos
17/01/2024 09:58
En la empresa, me han dicho que tienen que venir tècnicos de riesgos laborales, para evaluarme, ya que la revisión mèdica, dice que soy apta con limitaciones, por mis problemas de espalda. Es eso normal? Me puedo temer lo peor, un despido? Estoy preocupada....
17/01/2024 15:28
Si, es lo normal. Son los técnicos de prevención los que han de valorar, junto con el servicio médico, cómo afectan las limitaciones al puesto de trabajo.
En realidad, lo suyo sería que, ante esta posibilidad, los técnicos de prevención hubieran elaborado un profesiograma concreto del puesto de trabajo que sirviera como referencia para valorar la ineptitud.
El informe del servicio de prevención es sobre lo que la empresa deberá basarse para la toma de una decisión sobre su situación (adaptación del puesto de trabajo si es posible; cambio de funciones/puesto, si es también es posible o; si ninguna de las anteriores se pudiera dar, proceder con un despido objetivo por ineptitud sobrevenida).
19/01/2024 12:31
Gracias por toda la información que me habeis ofrecido.