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aprovechamientos y Sistemas Generales

7 Comentarios
 
17/08/2011 23:03
Por cierto, que me olvidé en la anterior contestación: muchas de las normas autonomicas, (habría que estudiar la andaluza) prevén plazos para la gestión de estos sistemas generales. A la vista del parón inmobiliario, cabe pensar que los plazos no se cumplirán, con lo que siempre te cabría solicitar la expropiación directamente del ayuntamiento, lo que, a la vista del agujero que poseen la gran mayoría de estas instituciones, tendrás la posibilidad de negociar con ellos, en igualdad de condiciones. Se trata de una idea que habría que estudiar, y que te puede dar un poco de luz.
Al respecto del recurso sobre la adscripción, indicarte que siempre tendrías expedita la vía del recurso indirecto contra el planeamiento, aprovechando un acto de ejecución, que deberías provocar.
De todos modos, se trata de un asunto muy bonito e interesante. Ya nos contarás como lo resuelves.

Un saludo.
17/08/2011 21:33
Con toda seguridad la clasificación y calificación del suelo estará realizada según ley, de lo contrario es de suponer que la Junta no habría aprobado el PGOU.

Asimismo entiendo que la adscripción del sistema general a los terrenos de tu cliente se habrá fijado en el propio PGOU. Por lo tanto, a menos que se esté en período de exposición pública de dicho plan, ni la clasificación, categorización, como tampoco la adscripción es recurrible ahora.

Hacía referencia a la clasificación y calificación del suelo, no porque dudara de su correcta aplicación, sino porque dependiendo de cual se haya establecido, el ayuntamiento podrá proceder de una u otra forma. Todos esos datos los obtendrás examinando el PGOU.

En cuanto a como obtener suelo para sistemas generales y los distintos procedimientos dependerá de la clase de suelo, encontrándose regulado en los artículos 166 - 168 - 169 y 170 de la Ley Urbanística de Andalucía.

17/08/2011 20:11
gracias de nuevo alga.
el municipio está un pueblo de Malaga.
Como puedo conocer si se ha lasificado y categorizado conforme a la ley urbanistica de andalucia?
gracias
17/08/2011 18:49
El PGOU del municipio habrá clasificado y categorizado esa bolsa de suelo conforme a las determinaciones de la ley urbanística autonómica. Conocer ese dato es fundamental para valorar si el procedimiento para la obtención de suelo destinado a sistemas generales ha sido el adecuado.

Asimismo, para mejor fundamentar una opinión, es necesario conocer en que CCAA nos movemos, aunque lo cierto es que cuando se trata de supuestos como el planteado la discrecionalidad administrativa es mínima.

17/08/2011 16:10
Gracias por responder.
Es un oasis dentro del casco urbano. su propietario es una persona mayor que heredó de su padre y hace años que no va por allá. no es un solar , son unos bancales muy golosos.
no hay proyecto de reparcelación ,simplemente el ayuntamiento lo ha metido en un sistema general y le compensacon unos aprovechamientos en una urbanización a 10km que esta proyectada su ejecución hace 10 años y alí solo hay rumores y un invernadero.
el ayuntamiento por llo visto dice que en la urbanización donde le van a dar los aprovechamientos va a sufrir una modificación de la carretera y por eso deben informarnos,de ahí que nos hemos dado cuenta de todo.
un saludo.
de todas formas si me mandas tu tlf por privado puedo explicartelo: satline@gmail.com
17/08/2011 14:20
Casco urbano, ¿ significa suelo urbano consolidado ?, es decir, esos terrenos, ¿ es un solar directamente edificable ?.

De no ser así y estar dentro de una unidad de ejecución, el proyecto de reparcelación debería resolver el problema repartiendo equitativamente las cargas y beneficios entre todos los propietarios de la actuación urbanística.
16/08/2011 11:41
En principio la actuación municipal podría ser correcta. Dependerá del margen de movimiento que le permita la Ley autonómica. Lo que pasará, dependiendo de la comunidad autónoma es que, en ocasiones se obligará a los propietarios del polígono a que compren, expropien o a que cedan el aprovechamiento urbanístico dentro del polígono.

Quizás lo que tengas que hacer es recurrir la adscripción.

Un saludo.
Aprovechamientos y sistemas generales
15/08/2011 20:48
Hola a todos,
El tema es el siguiente:Mi cliente, es propietario de unos terrenos frente al puerto deportivo y en casco urbano, evidentemente de un valor altísimo. El ayuntamiento en custion le notifica que su terreno ha sido adscrito a un sistema general y por ende le va a compensar con aprovechamientos en una futura urbanización que lleva planificandose desde hace años y allí no se ha movido aún ni un metro de tierras.
Este aprovechamiento que mi cliente adquirirá vete a saber cuando es en un sitio malisimo a 10 km del casco urabano y es lo que queda segun la concejala de urbanismo.
Mi pregunta es:
evidentemente esto es una expropiación forzoza que hace el ayuntamiento,ademas de ser un negocio redondo ya que dentro de x años el ayuntamiento recalifican esos terrenos que le expropiaro a mi cliente (que adscribieron a un sitema genera)l en suelo urbanizable con la consiguiente superplusvalía.Sé que el valor o justiprecio debe ser de igual valor de los terrenos cerca del sistema general y a cuya unidad de actuación se encuentren adscritos(pero no al valor a 10 km).
Muchas gracia a todos