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Aprovechamientos tipo, medio partrimonializable

5 Comentarios
 
Aprovechamientos tipo, medio partrimonializable
01/04/2006 19:53
no soy estudiante de Arquitectura ni nada de eso pero estoy interesado en aprender temas de urbanismo y sobre todo una explicación clara y con ejemplos de Aprovechamientos tipo, medio partrimonializable y su largo etc... ruego si es posible me lo explique y con un ejemplo.
01/04/2006 21:15
Imaginate que alguien hace una urbanizacion tan grande como una ciudad y que quiere que todos los propietarios pagen igual pero que lo unico que tiene para cobrar es el propio suelo, entonces se le ocurre que hace un balance de derechos y obligaciones, los derechos son lo que se puede construir (su valor) y las obligaciones los costes, el aprovechamiento medio es el beneficio menos el coste medio de todos los propietarios, es decir, todo lo que pasa de la media no es de los propietarios sino del conjunto de la ciudad por que es para pagar los gastos. Todos los beneficios que pasan de lo necesario para pagar los gastos es para el propietario, es patrimonizable. Espero haber podido explicarme
02/04/2006 10:30
Hispalis muchas gracias, pero lo que neceisto es por pner un ejemplo imagenate x metros2, como se saca Edificabilidad total AU tipo, medio etc
se que au=edificabilidad total-cesión
am=au/suelo tottal, y todo lo demas pero con un ejemplo porfavor.
gracisa
02/04/2006 20:54
AU? supongo que dices UA que es unidad de aprovechamiento que es otra cosa, para pasar de hay a edificabilidad total debes usar un coeficiente de ponderación dependiendo de la tipología. La edificabilidad total puede ser mayor que el Aprovechamiento medio, todo lo que supere este aprovchamiento medio no es patrimmonizable, es decir, es del ayuntamiento y no del propietario, eso se llama exceso de edificabilidad (o defecto aunque esto no es lo normal) De la edificabilidad que sea igual al aprovechamiento neto hay que quitarle las cesiones obligatorias, lo normal es el 10% y lo que queda es el aprovechamiento lucrativo o patrimonizable, el del propietario. En resumen, a menos que se compre o pacte con el ayuntamiento la compra de los excesos de aprovechamiento, la edificabilidad patrimonizable es el 90% del aprovechamiento medio. Ojo no es lo mismo UA que metros de techo de edificabilidad.
05/04/2006 18:49
te agradezco tu ayuda pero a ver si me entero

amaginemos que tenemos 10.000 m2 de suelo
superfice total= 10.000 m2
edificabilidad total= 6.000m2
edificabilidad media = ET/St, 0.6 m2/m2
AU= et-cesión, es decir 6.000 -1000 ?
porque la cesión 10% DE DONDE SALE DE ET O DE DONDE
AM=aAU/SUPERFIFIE TOTAL
AM=5.000/10.000, ES ASI
SI PUEDES EXPLICARME MAS COSAS TE LO AGRADEZCO

MUCHAS GRACIAS
06/04/2006 22:24
no, no es asi. Es:
Superficie total: 10.000m2s
aprovechamiento sector: 0,6 UA/m2s
aprovechamiento medio: 0,5 UA/m2s
luego 0,1UA/m2s es para el ayuntamiento
coeficiente de ponderacion: 1,5 m2t/UA (por ejemplo, por que sea algo no muy ventajoso como VPO)
luego edificabilidad suceptible de apropiación: 0,5x1,5=0,75m2t/m2s
cesiones 10% de 0,75m2t/m2s = 0,075 m2t/m2s
edificabilidad lucrativa o neta: 0,675 m2t/m2s