El "aprovechamiento patrimonializable" es la edificabilidad que realmente va a quedar en manos del propietario (patrimonializable=la que puedes incorporar a tu patrimonio=la que puedes transmitir en compra-venta=la que puedes edificar tú mismo=con la que puedes hacer negocio), una vez descontadas las cesiones que tengas que hacer a la adminiostración y/o el pago en especie (suelo) a la empresa urbanizadora en caso de que así hubieseis acordado el pago.