Hola a todos: Os quiero hacer una consulta. Me ha mandado el ayuntamiento de mi pueblo una carta donde dice que tengo que abonar una factura correspondiente al defecto de aprovechamiento no patrimonializable de cesión al ayuntamiento. Mi pregunta, es ¿tengo obligación de pagar esa factura?. Estos adosados se hicieron en cooperativa y se firmó con la condición de que no había cargas. en caso de que no tuviera obligación quién tiene que hacerse cargo de esto?. Muchas gracias por vuestra ayuda.