El dia 15 de Diciembre al entrar al cajero me encontre metida una tarjeta dentro del cajero el cajero tiene camaras de seguridad y se ve como yo saco la tarjeta que estaba metida dentro del cajero y no saco ni un euro con esa tarjeta.
Despues realizo una operacion con mi tarjeta y salgo del cajero y tiro la tarjeta a una papelara.
he recibido una citacion por apropacion Indebida de la tarjeta.
Me gustaria saber que falta he cometido y tambien saber la posible sancion.
Y en vez de correr y llamarle, vas, la coges y luego la tiras.
¿Qué tienes dentro de la cabeza?
Me temo que la has cagado. La cámara te ha grabado cogiéndola, pero no hay constancia de que la hayas tirado. Si alguien se la ha encontrado después y la ha utilizado te vas a comer un buen marrón.
Eso aparte de que la historia es "mu rara".
La citación viene como falta? o como delito por apropiación indebida?.Según el Código penal, los que, con ánimo de lucro, se apropiaren de cosa perdida o de dueño desconocido, siempre que en ambos casos el valor de lo apropiado exceda de los 400 euros (art 252). No se como el juez valorará el valor de la tarjeta perdida. Un ejemplo claro a este art sería encontrarse una billetera perdida con 500 euros y apropiársela indebidamente, teniendo la obligación de devolverla. En este caso se estaría comentiendo un delito conforme al art 252.
Primero cuando me di cuenta de que estaba la tarjeta sali del cajero para avisar a la dueña pero no la encontre.
No he echo ninguna operacion con la tarjeta del cajero se saco 0 euros. Retire la tarjeta del cajero para poder realizar yo mi operacion. Ademas el cajero es de la sucarsual donde yo tengo la cuenta hace muchos años y todos me conocen en la sucursal. La sucursal estaba cerrada porque era Viernes 20:00 sino habria entregado la tarjeta.
Ai me citan a declarar ante el Juez y se me acusa de apropiacion Indebida. es de lo unico que se me acusa.
lo que me gustaria saber es que posible multa o sancion me puede caer ami.
Segun el artículo 253 del Cp, se podrán castigar con pena de multa de 3 a 6 meses los que con ánimo de lucro, se apropiaren de cosa perdidamo de duemo desconocido, siempre que el valor de lo apropiado exceda de 400 euros.
Lo único que se me ocurre es que alguien se haya encontrado la tarjeta y la haya comprado utilizado. Como tienen la imagen de la cámara en la que se ve a josu01 sacando la tarjeta del cajero y no se ve cómo la tira, le van a imputar el delito o la falta de otro.
en la ertzaina me diheron que a mi me iban a imputar solo un delito de apropiacion indebida.
Y en la citacion judicial solo se cita para declaran por apropiacion indebida.
No saldrá de dudas hasta que comparezca, en el Juzgado le harán preguntas concretas y a través de ellas podrá ver por donde van los tiros.
Si la cosa es como usted dice y la tarjeta no fue utilizada por persona distinta a su propietario, vaticino un archivo rapidito, en caso contrario puede tener problemas.
Espere a ver si existió perjuicio económico para la víctima y las pruebas que obren en las diligencias, hasta entonces solo se puede fabular.