Hola, queria saber si el siguiente caso se puede tipificar como apropiación indebida y otro delito. Una persona que iba a formar parte de una sociedad ingresa en concepto de préstamo a la SLU 20,000€ sin contrato. Invertido el dinero en las obras de adecuación del local dicha persona finalmente decide no formar parte de la sociedad y pide la devolución de dicho préstamo en48 horas. La SLU prepara un contrato proponiendo un plazo de devolución de dicho préstamo una vez la actividad empiece a funcionar pero no se obtiene respuesta de la otra parte. Un año despues (la actividad acaba de abrir hace un mes) el particular acusa de impropiación indebida y solicita la devolución del préstamo (sin contrato) en un plazo de 48horas improrrogables. Se puede considerar algún tipo de delito por parte de la SLU? cual sería la pena?