Hola buenas tardes tengo un caso y pediría por favor que alguien me lo resuelva.
Hermano discapacitado, dos hermanos tutores legales, uno de ello se apropia del parte del dinero de su hermano discapacitado. ¿Puede el otro hermano querellarse contra su hermano que ha robado? ¿ Sería la querella en su nombre o en nombre y representación de su hermano discapacitado? Muchas gracias. Un saludo.
El tutor habría de presentar una querella en representación del incapaz por apropiación indebida. Primero mándele a través de su letrado un burofax requiriéndole para que reintegre las cantidades apropiadas y si no recibe respuesta satisfactoria presente la querella.
El art 102. 3º Lecrim “ Los comprendidos en los números 2º y 3º podrán ejercitar también la acción penal por el delito o falta cometidos contra las personas o bienes de los que estuvieren bajo su guarda legal.
Este articulo genera confusión porque parece que nos indica que si puede el tutor presentar la denuncia en su propio nombre. ¿Que opinais?