Contrate con mi banco un producto nuevo creyendo que lo que me indicaban es lo que firmaba, no fue asi. El contrato esta mal redactado y tiene clausulas poco claras, y debido a esto me he informado de que el banco ha de demostrar documentalmente que me ha informado del contenido real del contrato. No lo pueden hacer. Sin embargo, me pasan el cargo del producto. Si a sabiendas que no pueden demostrar este punto, pasan el cargo, ¿estan cometiendo un delito de apropiacion indebida? gracias
Es difícil que prospere, pero si se trata de uno de esos productos derivados tan de moda hace unos meses, quizás encuadraría más en un delito de estafa, pues no me cabe duda de que se comercializaron con engaño y causando un grave perjuicio a los clientes.
El problema es que aunque sea una estafa (que lo es) es dificil de probar ya que hay que demostrar que existe dolo y ellos pueden indicar que se comercializo de esta manera por desconocimiento del producto del comercial correspondiente.
¿Alguna idea de como plantearlo? ¿Porque no prosperaria como apropiacion indebida? No es mas facil demostrar que a sabiendas que no lo deben de cobrar lo hacen, que el que lo hagan con dolo.
¿Habéis tenido ocasión de ver los acuerdos de liquidación que algunos están haciendo firmar a los clientes, cláusulas de confidencialidad incluidas, asumiendo parte de la deuda la entidad financiera? Son pa'flipar.
De todas formas, dudo mucho que puedan tener cabida como ilícitos penales. Mucho me temo que acabarás antes yendo a la vía civil.
Por la via civil ya me he asesorado anteriormente y me han dicho que al 95% esta ganado ya que ellos son los que deben de demostrar documentalmente que se me informo claramente, concretamente y en plazo y es imposible que lo demuestren pues no existio tal informacion. Se que hay mas de una docena de sentencias favorables a los demandantes y unicamente un par a las entidades bancarias. Me he leido las sentencias favorables a los bancos y es para flipar, uno dice que firmo una hoja en blanco y claro si ni siquiera tiene el minimo cuidad que le va a decir el juez
pero me fastidia, que te estafen, que sepas que te estan estafando, sigas que seguir pagando por poco que sea hasta que salga el juicio y encima como mucho te devuelven el dinero y eso en el caso de que denuncies.
De esta manera les es rentable estafar...si tengo 30.000 productos mal vendidos, solo un % sabe que les he estafado y de ese % solo una pequeña parte demanda. De esos que demandan a un % llego a acuerdo con ellos previo juicio y pagamos a medias y los que van juicio y ganan (lo mas probable) les devuelvo el dinero. Total, pago a lo mejor un 5% de lo cobrado, es exquisito!!!! y sin consecuecias penales....maravilloso!!!!
Por lo que sé, la vía penal no ha prosperado en la mayoría de los casos aunque hay algunos en tramitación. Me interesa mucho el tema, y yo solo tengo contabilizadas 9 sentencias favorables. ¿conoces el sitio noclips.com? están publicadas en él y si tienes más, te agradecería que las compartieras. También se ha discutido sobre la posibilidad que apuntas, pero sin mucho éxito.
Conozco ese sitio y todas las sentencias que hay son por la via civil que esa esta practicamente ganada segun me he informado por otros lados. La verdad es que es complicado que un banco demuestre documentalmente algo que no ha hecho.
¿Sabes alguna sentencia por lo penal que no haya prosperado o alguna que este en tramites? ¿Como las puedo localizar?
Sigo convencido en intentarlo por lo penal, ¿sabes porque no han prosperado? porque son bancos, ¿verdad?
No sé por qué no han prosperado, sólo que se han archivado sin llegar a sentencia. Supongo que una de las causas es la dificultad de prueba y otra que es difícil determinar a qué persona física se le imputa el delito. A mi también me han entrado ganas de iniciar la vía penal, porque en muchos casos estoy convencido de que ha habido una auténtica estafa, o apropiación, pero sigo sin ver la probabilidad de una condena. Imagino que habrá casos (de hecho he visto que alguno hay por ahí) en los que quizás tengan más indicios o pruebas y siguen por vía penal, pero sólo sé lo que he visto en la web.
Por eso preguntaba lo del tema de la apropiacion indebida antes que al estafa. Para poder imputar a alguien por estafa has de demostrar que existio mala intencion y eso es muy muy complicado, puedes tener indicios fuertes pero comlicado de demostrar.
Sin embargo si que se puede demostrar que a sabiendas de que no pueden demostrar lo que la lay exije y que por tanto que el contrato no es correcto te siguen pasando los cargos, con lo que si que se estan apropiando de algo tuyo sin que puedas hacer nada ya que al menos en mi caso no puedo pagarlo desde otro banco ni me dejan devolver o no pasar al cobro ese importe. Lo tengo documentalmente.
Quizas por este punto se podria demostrar la mala intencion y se les pueda pillar por un delito de estafa. Si saben que es perjudicial para ti y que no es licito y lo siguen pasando al cobro, no???
Por eso pregunto por la opinion de algun abogado penal??? eres afectado o abogado???
Soy ambas cosas. Y la vía penal la veo complicada, principalmente porque mientras un juez no lo diga, nos duela o no, el contrato está vigente y lo que hacen es cumplirlo. Demostrar todo lo demás es muy difícil.
Entonces primero toca ir por la via civil. ¿despues de la via civil se puede recurrir a la via penal?
Entonces aunque el contrato no cumpla con todos los requisitos legales y ellos lo sepan, ¿no incurren en delito alguno si a sabiendas causan daño en otro? No me cabe en la cabeza.
Si yo se que algo que no esta bien hecho (estos contratos) ya que la ley exije determinadas condiciones que no se cumplen, y exijo que se cumpla (se pague) a sabiendas que causo daño en el otro, eso tiene que estar penado, es de cajon.
Por cierto, ¿participas en noclip? ¿bajo que nick?
El asunto está en "a sabiendas"= dolosamente. Es difícil acreditar ese elemento subjetivo aunque estemos convencidos de que existe. Y el sujeto activo ¿quién es? El director, el comercial, quien ordenó la comercialización de estos productos a saco, quien ordena continuar con ellos? Ya digo no es que sea imposible, pero es complicado.
Participo en noclip desde hace meses, pero el nick es mi nombre y no me he identificado como abogado, sino como afectado, y prefiero continuar así. No obstante, si se te ocurre alguna forma de que te lo diga a ti y no todo el foro, me lo dices. (no sé, si quieres dime el tuyo y te envío un mensaje para hacernos amigos en noclips, siempre que mantengas este pequeño secreto).
Ellos saben que ese cargo esta causando un perjuicio economico al cliente. Existe una reclamacion, que se la pasaron por ..... ya que ni preguntaron a la oficina nada, me enviaron una respuesta tipo. (Asi me lo confirmo la interventora y el mismo director).
Si no se dan por enterados siempre se podria enviar una carta a la entidad avisandoles que a menos que puedan demostrar (segun exige la ley) que facilitaron la informacion clara, suficiente y dentro de plazo (que ya se no pueden cumplir porque no la facilitaron), pueden estar incurriendo en un delito tipificado en el codigo penal. De esta forma no pueden decir que no estan avisados del perjuicio que supone al cliente. No se, no soy abogado, es una idea.
¿¿¿A por quien ir??? Supongo que a por todos los que participaron en la contratacion del producto.
Yo tuve un juicio ya con la constructora de mi casa por unos defectos en la misma y mi abogado de por entonces denuncio a todo el mundo para evitar que echasen la culpa al que no estaba imputado. Denunciamos (eso si por lo civil) al arquitecto, aparejador, promotora y constructora. Al final el juez dicto un perito judicial que nos dio la razon y ganamos sin entrar a juicio.
No, no es tan simple. Lo que estás contando de la constructora es una reclamación de responsabilidad civil (no penal). Cuando se acusa a alguien de un delito hay que aportar pruebas e identificar claramente a la persona física, no jurídica, que lo ha cometido. Por otra parte esa persona tiene derecho a la presunción de inocencia y otros más que hacen más complicado obtener una sentencia condenatoria que si fuera por vía civil contra la entidad.
Vamos entonces tengo que ir contra alguien en concreto que supongo sera quien comete el hecho, es dec ir el comercial.
De todas formas, si por ejemplo el director es conocedor del "delito" y no actua en la medida de sus posibilidades para subsanarlo ¿es responsable de algo por lo penal?
Pudiera ser, pero ya te digo que es complicado que lo condenen, seguro que tiene 1.000 excusas, como que no sabía que te estaba engañando, que a otros clientes les ha funcionado bien, que él pasaba por allí,... Ten en cuenta que en el ámbito penal rige el principio de presunción de inocencia y, en caso de duda, lo absolverán.
Pero, si se demuestra que una persona es conocedora de un posible delito y no hace todo lo posible por remediar o por denunciarlo, ¿es penalmente imputable de algo? ¿de que?