Es difícil que prospere, pero si se trata de uno de esos productos derivados tan de moda hace unos meses, quizás encuadraría más en un delito de estafa, pues no me cabe duda de que se comercializaron con engaño y causando un grave perjuicio a los clientes.
Contrate con mi banco un producto nuevo creyendo que lo que me indicaban es lo que firmaba, no fue asi. El contrato esta mal redactado y tiene clausulas poco claras, y debido a esto me he informado de que el banco ha de demostrar documentalmente que me ha informado del contenido real del contrato. No lo pueden hacer. Sin embargo, me pasan el cargo del producto. Si a sabiendas que no pueden demostrar este punto, pasan el cargo, ¿estan cometiendo un delito de apropiacion indebida? gracias