Envía recibos mensuales con el IVA incluido porque se hace así. Debe incluir en cada factura el IVA al tipo del 21 por 100.
A la vista de que no sabe algo tan básico, le recomiendo que vaya a la reunión acompañado por alguien que sepa. Un abogado, por ejemplo. Y se lo digo sin acritud.
Exacto, y creo me ha quedado claro que puedo.
Otra cuestión ¿ sabéis como debe facturar los administradores? Me dijeron una vez que tenía que pasar el importe sin iva mensualmente y luego cada trimestre liquidar el iva. Pero el nuestro envía recibos mensuales con el iva incluido otra cosa es que lo declare, pero en los archivos de la comunidad no hay ninguna factura suya archivada.
Es correcta, he decidido hacerla en una cafetería como terreno neutral porque el administrador es bastante.... digamos desconocedor de las leyes y su despacho ya ha sido varias veces causante de disputas donde al ser su despacho ha abusado de esa condición.
que si que si el presidente dice de realizar la junta en la oficina, será en la oficina, pero que esa no era la pregunta.
la pregunta era, que si se podia celebrar en una cafeteria,
Evidentemente podrá celebrar la reunión en una cafetería, pero si el Presidente quiere celebrarla en el despacho del administrador, tendrá que avenirse a celebrarla en el lugar designado por el presidente.
Si aprobaron promover acciones legales contra un vecino/propietario, lo suyo es que el Presidente designe Abogado y Procurador sin necesidad de someter la elección del profesional a asignar a una nueva junta.
El administrador debe facturar del modo que hayan convenido.
No existe ninguna norma que prohíba la emisión de recibos mensuales contra la cuenta de la comunidad para cobrar el importe de la factura, si bien es una cuestión que deberían tratar entre ustedes.
Gracias por responder.
En esa reunión quiero revisar facturas algunas donde no encuentro aprobación del gasto pero el anterior presidente gasto, como contratar unos abogados, pagarlos (facturas total 4200 euros), no hay nota de encargo a ellos, no hay aprobación de ese gasto tan elevado, no hay aprobación de elección de ese despacho de abogados, algunos vecinos sabían se había contratado pensando su gasto estaba respaldado en actas o bien el presidente tenía potestad para tal. ¿ Esto no es asi no? Según he estado leyendo esto es ilegal ¿ que opináis? ¿ Cómo debo actuar? Esas facturas me llegan ahora a mi para pagarlas y no hay dinero para ese facturon.
Y otra cosa como debe facturarnos el administrador,? El envía recibos menseales a la cuenta de la comunidad, importe con iva incluido, aunque también me han comentado que esto no es así, podéis orientarme?.
Gracias
Me refiero a que sí que puede elegir el Presidente el lugar de la reunión y que si ha decidido que sea el despacho del administrador, no tiene alternativa.
Lamento decirle que su primera intervención no ha sido muy afortunada al indicar que SI es obligatorio que la realizacion se deba de realizar en el despacho de la administradora.
Si fuese así, mas del 50% de las juntas serian ilegales dado que se realizan en el portal de la comunidad
Buenas noches Dick.
Hace unos mese estuvimos hablando y me ayudo bastante.
El próximo martes, una vez recibida bastante documentación sobre algunas facturas no aprobadas en actas, como abogados y otros, he solicitado una reunión para pedir explicación de esto. La pregunta es sencilla aunque no he encontrado nada al respecto para no molestarle.
He convocado reunión pero he elegido el lugar, una cefeteria, donde la anterior presidenta se niega por decir no ser un lugar adecuado. He querido hacer reunión fuera del lugar que se hacía normalmente, en el despacho de la administradora, lugar bastante negativo, donde siempre surgen malos rollos ya que se suelen girar e insultar y pensé lugar público mejor por lo menos eso se podrá evitar.
¿ Puede el presiente elegir el lugar de la reunión? ¿ Tiene que ser el despacho del administrador por obligación, a pesar de que se está barajando su cese?.
Gracias por su Estimada ayuda.
Si se aprobó en junta promover acciones legales contra un vecino y así se refleja en acta, corresponde al Presidente ejecutar el acuerdo.
Dado que el acuerdo lleva implícita la contratación de profesionales, deberá otorgar poderes y hacer todo lo necesario para ejecutar el mismo, atendiendo asimismo el coste de la prestación del servicio aunque no se haya aprobado previamente.
Si usted llega a un acuerdo para cesar las acciones legales, no podrá pactar las costas en sede judicial porque esa posibilidad está vedada en la LEC, lo que significa que cada uno deberá pagar suyas, y ello sin perjuicio de los pactos que con carácter privado alcancen.
Disculpa mi ignorancia pero no entiendo bien.
Sentencia no va a ver porque se desestiman las demandas para evitar más gastos innecesarios. Las demandas eran los vecinos impugnado actas por falsedades y la comunidad a los vecinos (infundadas más bien por Ren or, odio, venganza, despotismo, etc... Pero esta presidents ya no está que es muy conflictiva y yo intento arreglar mediante el diálogo on vecinos).
Por motivo no habrá sentencia, solo gasto de dinero inútil. Dinero que es lo que me pregunto gastado por una depredadora mental junto con una administradora cuyo único beneficio era el dinero ingresado vía abogados. Como os comenté según indagaciones realizadas en otras comunidades que regenta es práctica habitual esta actitud, formas de trabajar, envenenando a unos y otros para llegar a las denuncias.
La forma de gastar ese dinero de la comunidad ¿ es legal? Dinero aprobado para otra cosa donde los vecinos pusieron derramas para solamente eso y nada más. Derrama que asciende cada uno de 1500 euros.
Espera a la sentencia. Es un requisito de procedibilidad para accionar ante los Tribunales acreditarla existencia de acuerdo previo en junta e imagino que la parte demandada, si hace bien su defensa, así lo alegará. Si sus abogados lo acreditan, es que usted está en un error y caso contrario, podrá pedir explicaciones.
Buenas noches.
En primer lugar gracias por tu ayuda. Estoy siguiendo tus pasos y por ahora se ha subsanado el acta que dicha persona redacto desvirtuando la realidad, digámoslo así.
Bien en sept. Convocare junta para su destitution pero creo que conseguiré más aún si consiguo demostrar una cosa que te pregunto.
A los abogados de la comunidad les he pedido nota de encargo y nombramiento de estos y por quien, donde me responden que ellos no tienen nota de encargo firmada ni nada. Por lo que con esto te pregunto.
En ningún acta se aprobó dicho gasto, ni tampoco la elección de estos abogados (que ya sabes son del mismo despacho, vamos de al lado), solo se dijo que se tomarían acciones judiciales en un acta un poco bastante dudosa, ya que este punto no estaba recogido en ella, solo había uno que decía : "negativa del propietario tal a la realización de las obras en el patio de la comunidad de uso privativo". Aquí esta persona dijo que no se negaba a ello presentando un escrito para que se hiciera constar. Como es normal este escrito no se incluyo, yo vote en contra donde no se reflejo y se acabó la reunión. Esto fue en Nov y en enero se recibe el acta de aquella reunión donde una vez que nos vamos la mitad estas personas siguen con la reunión y acuerdan tomar acciones judiciales.
Pasados unos meses ese vecino recibe la demanda en casa y el resto flipamos porque desconocemos esto. Total que se han gastado el dinero que había para reparar ese patio en abogados y demandas, las cuales no constan su aprobación. Esto ocurrió en Enero 2017 y hasta junio 2019 no hemos tenido más reunión.
He estado leyendo pero te pido opinión :parece ser no se puede hacer y no es legal, pudiendo pedirles restituya el dinero a las personas que autorizaron sin consentimiento del resto, bueno es que lo ignorabamos.
Perdona pero tu no errs nadie para juzgar no pensar lo que yo quiero o no hacer, a ti si que te molesta que te lleven la contraria y respondes de manera ostil.
Yo jamás le daría a nadie el. Consejo de siéntate a ver tu cadáver pasar o mejor vende tu casa y vete.
Las dictaduras son dictaduras y si quieres leer un poco todo lo ocurrido en mi comunidad quizás puedas pensar que no todos somos como tu indicas, que hay personas que quieren justicia, pero no a cambio de humillar te, insultarte, dominar te, etc... Llevo sufriendo 4 años de abusos continuos, de malgastar dinero y de poner derramas para eue de pinten las uñas, ahora eue soy presidenta quiero hacer lo legal y a este tipo de personas Hitlerinas echarlas de nuestras vidas, si eso es querer hacer lo que yo quiera pues mira si.
Hace 2 años me tocaba ser presidenta pero falseaban las actas, actas que tengo impugnada, por motivos inciertos. Esto quizás a ti te parece razonable y muy legal o quizás te parezca que denunció porque me gusta salirme con la mía, o bien gastar un dinero porque me sobra.
Tengo un patio comunitario de uso privativo que se inunda y entra en mi casa cuando llueve, tengo las paredes de humedad que mi te cuento, llevo peleando para que se hagan obras en el, pero claro se pone una derrama y sin autorización de nadie se gastan el dinero en otra cosa no autorizada. Esto quizás sea salirme con la mía, mi ductarura es tan egoísta que fíjate quiero arreglar un problema que me afecta, vamos pinochet a mi lado es un angelito.
Te aconsejo que antes de descalificar a tus lectores o prejuzgues a ellos intentes leer lo que les ocurre, meterte en ellos, vamos emoatizar que creo a ti te falta.
Gracias no obstante por tu agradable ayuda.
Fijate lo que ha ocurrido esta tarde. Seguiendo los pasos que me vais indicando.
Os conté que hicimos una reunión los vecinos donde esta persona no asistió, así se acordó, aquí de buen grado todos llegamos a un acuerdo. Yo redacte el acta antes de enviarla la envíe a ellos, ellos me dieron conformidad vía email y es cuando se la envió para su confección total. Error creo recordar como me dijisteis que tenia que haberla enviado firmada, por burofax y ya está. Bien en el día de ayer la anterior presidenta y ella deciden que ese acta no es legal ni válida, no quieren porque no se aprobaron las cuentas donde hemos visto algunas anomalías que queremos justifiquen. Estuve todo el día de ayer y hoy hablando con los vecinos donde les pedía explicaciones de si habíamos llegado a un acuerdo y el acta la habían dado por buena como es que ahora no son capaces (bueno solamente uno, de 4 asistimos 3 pero este llevo representación de la anterior presidenta) solo me dicen que el acta la presidenta anterior no quiere firmarla y que ellos no pueden hacer nada.
Bien pues me digo hago otra reunión Junta extraordinaria donde propongo nuevamente modificación del acta anterior y agregó renovación de cargos de la administradora.
Y ahora viene lo bueno, la anterior presidenta se niega a esa junta xq ella está de vacaciones y la administradora dice que too o puede asistir xq le duele una muela y que por tanto tengo que cambiarla. Esto ya es para flipar.
Buen hace un par de horas recibo email de la. Administradora donde se quiere reunir conmigo para negociar el acta, y que liemos asperezas. ¿ Ahora? Porque entonces seríamos siendo un poco C..... Na serían 2 votos y uno en contra, ella iría a la calle. Se que no es propio ni justo pero ahora quiere hablar conmigo que jamás lo ha querido.
Además corrígeme, yo no tengo que negociar con ella ninguna redacción del acta, su función es redactarla incluirla en el libro y ya está, no?.
He estado enferma y tuve que pagar a un abogado para que fuera a la reunión porque no quisieron cambiar la fecha cuando yo no era presidenta.
Hago bien? Que me aconsejáis.
En ningún momento he hablado he hablado de dictadura al contrario hablo de democracia y por esto vale lo que diga la mayoría. En el caso que usted relata precisamente sin mayoría está usted buscando como salirse con la suya y eso sí sería dictadura.
Cómo le dije antes por mucho que a usted no le guste su administradora y por mucho que haga y deshaga, si a la mayoría si les gusta pues es lo que tiene que aceptar. Use lo comparo con los gobiernos corruptos que a veces tenemos y están gobernando por que han tenido mayoría y la única opción es irse a vivir a otro país. En su caso, pues irse a vivir a otro bloque
El artículo 13.7 de la LPH dispone que salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por el plazo de UN AÑO.
Consecuentemente, para renovar a su administrador/a en el cargo, el acuerdo deberá ser aprobado por la mayoría del total de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación en primera convocatoria.
En segunda convocatoria serán válidos los acuerdos adoptados por la mayoría de los asistentes, siempre que ésta represente, a su vez, más de la mitad del valor de las cuotas de los presentes.
Eso significa que si 2 propietarios votan a favor y 2 votan en contra de su renovación, no obtendrá mayoría de votos al haber empate, siendo indiferente el coeficiente, porque es necesaria la doble mayoría voto/coeficiente y en consecuencia el cargo no se renovaría.